Titulo. XXIII. De la guerra que deuen fazer todos los de la tierra.

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GVerra es coſsa que ha enſsi dos coſsas. La vna del mal. La otra del biẽ. E como quier q̃ cada vna deſstas ſsean departidas enſsi, ſsegũ ſsus fechos, pero quãto en el nome e en la manera, de como ſse faze, todo es como vna coſsa. Ca el guerrear, maguer ha enſsi manera de deſstruyr, e de meter departimiẽto, e enemiſstad, ẽtre los omes pero cõ todo eſsſso, quãdo es fecha como deue, aduze deſspues paz, c de q̃ viene aſsoſsegamiento, e folgura, e amiſstad. E poren de dixeron los ſsabios antiguos q̃ era biẽ de ſsofrir los omes los trabajos, e los peligros de la guerra, por llegar deſspues por ellos a buena paz, e a folgura. E pues q̃ el mal que ha en ella, aduze bien, e por aquella ſsoſspecha, ſse mueuen los omes a fazer la, deuen los omes que la quieren comẽçar, ſser mucho enuiſsos ante que la comiencẽ. Onde pues que en el titulo an te deſste, fablamos apartadamente, de los caualleros, e de los adalides, e de las coſsas que ſson tenudos de guardar, e de fazer. Queremos aqui moſstrar, en las leyes deſste titulo, de la guerra que cõuiene que fagã, tan bien ellos, como los otros, catãdo pro de ſsu tierra, en dos maneras. La vna ſsabiendo la guardar, e defender de ſsus enemigos. La otra acreſscentandola, ganan do de lo ſsuyo dellos. E moſstraremos primeramente, que coſsa es guerra. E quãtas maneras ſson della. E por que razones de ue ome fazer la. E de que coſsas deuen eſstar apercebidos, e guiſsados los q̃ la quiſsiere fazer. E quales deuẽ ſser los que fuerẽ eſscogidos para ſser cabdillos de la guerra. E que es lo que deuen fazer, e guardar. E como ſse deuẽ acabdillar todos los otros del pueblo, por ellos. E que pro na ſsce del acabdillamiento. E deſsi moſstraremos, quãtas maneras ſson de hazes. E como ſse deuen partir. Quãdo ouierẽ de entrar en fazienda, o en batalla. E otroſsi como deuen ſser apercebidos los cabdillos, en acabdillar las hueſstes, quando van de vn lugar a otro. O quando los apoſsentã, o quando quieren cercar villa, o caſstillo. E ſsobre todo diremos, de las caluagadas. E de las celadas. E de las algaras. E de todas las otros naturas de guerras, que los omes fazen.

Ley. I. Que coſsa es guerra, e quantas maneras ſson della.

LOs ſsabios antiguos q̃ fabla ron en fecho de guerra, dixeron, que guerra es d eſstrañamiento de paz, e mouimiento de las coſsas quedas, e deſstruymiento de las compueſstas. E a vn dixerõ que guerra es coſsa de que ſse leuãta muer te, e catiuerio a los omes, e daño, e perdida, e deſstruymiento de las coſsas. E ſson quatro maneras de guerra. La primera lla nan en latin juſsta, e que quiere tãto dezir | en romance como derechurera. E eſsta es quãdo ome la faze por cobrar lo ſsuyo, a delos enemigos, o por amparar a ſsi miſsmos, e a ſsus coſsas dellos. La ſsegunda ma nera llaman en Latin iniuſsta, b que quiere tanto dezir como guerra que ſse mueue por ſsoberuia, e ſsin derecho. La tercera. llaman ciuilis, c que quiere tanto dezir como guerra, que ſse leuãta entre los mora dores, de algund lugar, en manera de vandos, o enel reyno, por deſsacuerdo que ha la gente entre ſsi. La quarta, llamã pluſsquam ciuilis, que quiere tanto dezir como guerra, en que combaten, non tan ſsolamente los cibdadanos de algund lugar, mas aun los parientes de vn lugar vnos con otros, por razõ de vando. Aſssi como fue entre Ceſsar, d e Pompeo, que erã ſsuegro e yerno. Enla qual guerra los Romanos guerreauan, los padres contra los fijos, hermanos contra los hermanos teniendo los vnos con Ceſsar, e los otros con Pompeo.

Ley. II. Porque razones ſse mueuen les omes a fazer guerra.

MOuer guerra es coſsa en q̃ deuen mucho parar mientes los que la quierẽ fazer ante que la comiẽcen, por que la fagan con razon e con derecho. Ca deſsto vienẽ grandes tres bienes. e El primero que ayuda Dios mas porende alos q̃ aſssi lo fazẽ. El ſsegundo, porq̃ ellos ſse esfuerçã, mas en ſsi miſsmos, por el derecho q̃ tienen. El tercero, porq̃ los que lo oyen, ſsi ſson amigos ayudã los de mejor volũtad e ſsi enemigos recelanſse mas dellos. E eſste derecho ſsegũd moſstraron los ſsabios antiguos, ſsobre q̃ la guerra ſse deuia fazer, es ſsobre tres razones. f La primera, por acreſscentar el pueblo ſsu fe, g e para deſstruyr los q̃ la quiſsieſsſsen cõtrallar. La ſsegunda, por ſsu ſseñor, queriendo le ſseruir, e honrrar, e guar dar lealmente. La tercera, para amparar aſssi miſsmos, e acreſscẽtar, e hõrrar la tierra dõde ſson. E aque ſsta guerra ſse deue fazer, en dos maneras. La vna manera es, delos enemigos q̃ ſson dentro del reyno, que fazen mal en la tierra, robando, e forçãdo alos omes lo







| ſsuyo, ſsin derecho. Ca contra eſstos deuen ſser los Reyes, a e aquellos que hã de judgar, b e de complir la juſsticia por ellos. E comunalmente, todo el pueblo, c para de rraygallos, e redrallos de ſsi. Por que ſsegun dixeron los ſsabios, tales ſson los mal fechores en el Reyno, como ponçoña en el cuerpo del ome, q̃ mientra que y eſsta, non puede ſser ſsano. E porende conuiene que guerreen con tales omes como eſstos, corriendo los, e faziendo les, quanto mal pudieren, faſsta que los echen del Reyno, o los maten aſssi como de ſsuſso diximos en las leyes de los titulos, d que fablan en eſsta razõ, por que los omes que moraren en la tierra, puedã biuir en paz. Mas la ſsegũda manera de guerra, de que agora q̃ remos fablar, es de aq̃lla q̃ deuẽ fazer cõtra los enemigos, q̃ sõ fuera del rey no, q̃ les ꝗerẽ tomar por fuerça, ſsu tierra, e amparalles lo q̃ cõ derecho deuẽ auer. E deſsta q̃ remos moſstrar, en qual manera la deuẽ fazer, ſsegũ dixeron los ſsabios antiguos, q̃ lo ſsopieron naturalmẽte. e los otros caualleros, q̃ fueron ſsabidores della, por obra, e por vſso de luengo tiempo.

Ley. III. De que coſsas deuen eſstar apercebidos, e guardados los que quieren fazer guerra.

APercebido en todo grado e en muchas maneras deue eſstar cl pueblo quando quiſsiere guerrear con ſsus enemigos, non | tan ſsolamẽte de omes, e de cauallos, e de armas, e de conducho, mas a vn de engeños, e de ferramientas, e de todas las otras coſsas q̃ han meneſster, tã biẽ para acometer, como para defender ſse. Ca algunas y ha dellas, que conuienen a vnos fechos, e otras a los otros fechos. E porende deuẽ ſser apercebidos. ante de tiẽpo, a para auer to das eſstas coſsas, de manera q̃ non ayan mẽgua dellas. Ca ſsi les falleſscieſsſsen, quan do las ouieſsſsen meneſster, fincarian perdidoſsos e ſsin pro, e cõ deſsſseo de lo q̃ cobdiciauan auer. E demas ſserian tenidos, por de poco recabdo. E apercebimiento deuen otroſsi auer, para ſsaber toda via, fecho de ſsus enemigos, e a guardar ſse toda via, que los otros nõ puedan auer ſsabiduria dellos. b E por eſste lugar guardaran aſssi meſsmos, e a ſsus coſsas, quando quiſsieren guerrear, a ſsu pro, e moſstrar ſse han y por de buen ſseſso. E quando aſssi non lo fizieren venir les ya todo el cõtrario, ca fincariã mal trechos e perdidoſsos, e ſseria la gu erra a ſsu daño. E demas ſseriã tenidos por de mal recabdo.

Ley. IIII. Quales deuen ſser eſscogidos para cabdillos: dela guerra e por quales razones.

CAbdillos tienen lugar de grãd hõrra. c Ca ſsin ellos nõ ſse puede fazer ninguna coſsa acordadamente. E eſsto en todos fechos, tan bien en los pequeños, como en los grãdes. Pero por que en las mayores coſsas, e mas peligroſsas, deue eſsto ſser acata do. Porende queremos aqui fablar, quales deuẽ tomar, para cabdillos. E moſstrar ſsegũ dixeron los antiguos, por quales razões deue eſsto ſser fecho. Onde dezimos, q̃ por vna deſstas tres coſsas, deuen los omes ſser tomados por cabdillos. La primera por linaje, que es coſsa q̃ faze ennobleſscer d al ome, e ſser honrrado, e tenido en caro por que le pueden tomar por cabdillo, maguer nõ tẽga grã lugar, ni ſsea muy ſsabidor. La ſsegunda es, por razon de poderio, aſssi como Emperadores, o Reyes, o los otros Señores, q̃ tienen grãdes lugares, e honrrados. Ca maguer eſstos nõ fue ſsſsen de muy gran linaje, ni muy ſsabidores, ſsolamente, por el Señorio, e por el poder q̃ hã, el miſsmo es cabdillo. Mas el tercero que viene por ſsabiduria, e ha mayor fuerça, que eſstos otros dos que diximos. Por q̃ tan bien aquel que lo es por linaje, como el otro q̃ lo gana por poderio, ſsi ſsabidores non ſson, cõuiene en todas guiſsas, que tornẽ a ſseſso f de aquellos q̃ lo ſsabẽ fazer. E porẽde, en fecho de guerra de ue eſsto ſser muy catado, q̃ tan bien los altos omes, como los de buen linaje, por q̃ ſse mandan, e ſse acabdillan, que ayan vſso, e ſsabiduria de acabdillar. Ca los que de otra guiſsa lo fizieſsſsen, a tal eſstado podriã traer ſsu fecho, que poderio ni linaje non les valdria nada. Ca natural razon es, que el ome, a aquel lugar vaya a buſscar la coſsa, que cobdicia, do ſsabe que la fallara, o la podra auer.

Ley. V. Como deuẽ ſser los cabdillos esforçados contra los enemigos.

ESfuerço e maeſstria e ſseſso ſson tres coſsas que cõuienen en todas guiſsas q̃ ayan los que bien quieren guerrear. Ca por esfuerço ſserã co metedores. E por la maeſstria maeſstros de fazer la guerra, guardãdo aſssi e faziendo daño a ſsus enemigos, e el ſseſso les fara q̃ obren de cada vna deſstas, en el tiempo, e en lugar, que conueniere. E porende los antiguos, que fablaron en fecho de guerra touieron, que como quier que eſsto deuieſsſsen auer, todos comunalmẽte, mas conuiene a los cabdillos, que a los otros omes pues q̃ ellos hã poder de cabdillar. Ca eſstos deuen ſser esforçados g para cometer las coſsas peligroſsas, e coſstũbrados de fecho de armas, en ſsaber las traer e obrar bien cõ ellas. E ſsabidores, e maeſstros de fecho de guerra, ha meneſster q̃ ſseã, nõ tan ſsolamente en ſsofrir los trabajos, e los peligros que della vienen, mas a vn que ſsepan moſstrar a los otros omes, como la han de fazer. E en que manera ſse deuen cabdillar, e vſsar los a ello, ante que el fecho comiencen, por que quando en el fueren, que ſsean apercebidos, e ſsabidores, de como han de fazer. E porende, los antiguos tanto touieron por bien, q̃ los omes fueſsſsen acabdillados, que non tan ſsolamente, les ſsemejo, que lo deuian ſser por palabras: mas a vn por ſseñales, q̃ les fizieſsſsen. E eſsto fizieron por que los enemigos non entendieſsſsen, lo que ellos dixeſsſsen nin tomaſsſsen ẽde apercebimiẽto. Ca vna de las coſsas por q̃ mas ayna pueden los omes fazer mal a ſsus enemigos, es ẽ fazer ſsus fechos, ẽcobiertamẽte. h | E otroſsi cataron los ſsabios antiguos, ſsobre todo, que el cabdillo ouieſsſse buen ſseſso natural, por que ſsopieſsſse guardar la verguença, alli do conuiene: e el eſsfuerço, e la ſsabiduria, cada vna en ſsu lugar, por que el ſseſso es ſsobre todo. E ſsobre ca da vna deſstas coſsas, aduzir alli, do ha meneſster. Ca el faze al esfuerço, cometer aquello, que entiende, que ſse puede acabar. a E faze otroſsi a la ſsabiduria, obrar alli, do deue. E faze el vſso cambiar de vna manera por otra, ſsegund conuiene a los fechos. E faze otroſsi a la verguença, entender el lugar, do ha de ſser guardada. E por que el ſseſso es ſsobre todo linaje, b e poder, por eſsſso los cabdillos, lo han meneſster, mas que otros omes. Ca ſsi cada vn ome lo ha de auer para cabdillar aſssi meſsmo eſstando en paz: quanto mas lo ha meneſster el que eſsta en guerra, e ha de cabdillar aſssi, e a otros muchos. E a vn dixeron los antiguos, que los cabdillos, deuen auer dos coſsas, que ſsemejan contrarias. La vna que fueſsſsen fabladores. E la otra calladores. Ca bien razonados, c e de buena palabra, d deuen ſser, para ſsaber fablar, con las gentes, e apercebir las, e moſstrar les, lo que han de fazer, ante que vengan al fecho. Otroſsi deuen auer buena palabra, e rezia, para dar les cõorte, e esfuerço, quando en el fecho fueren e callado deue ſser de manera, que nõ ſsea cotidianamente e fablador, por que ouieſsſse ſsu palabra a enuileſscer, entre los o mes: ni deue otroſsi alabar ſse mucho, de lo que fiziere, ni contar lo de otra manera, que non fueſsſse. Ca en alabando ſse f el miſsmo aſssi, ſse pierde la honrra del fecho, e enuileſsce lo: e en retrayendo lo como non es, fallan lo por mintroſso, e non le creen deſspues en las otras coſsas en que le deuian creer. Onde el cabdillo, por quien ſse deuen acabdillar, todos los de las hueſstes, conuiene que aya enſsi todas eſstas coſsas ſsobredichas. E ſsi el Emperador, o el Rey, o el otro Señor, cuyo fuere el fecho, ouierẽ enſsi todas eſstas coſsas, ſsera mejor e ſsi non: tales omes deuen eſscoger para eſsto, que las ayan, por que el miſsmo ſse mande, e todos los otros. Ca el fecho de guerra, es todo lleno de peligros, e de auenturas e demas, el yerro que ay auiniere non ſse puede deſspues bien emendar. E porende non ſse deue traer, ſsi non por ſseſso, e por grand acabdellamiento.

Ley. VI. Como los cabdillos deuen ſser auiſsados de lo que ouieren de fazer ante que al fecho vengan.

CVydar g es vna de las naturales coſsas, que enſsi hã los omes. Ca bien como el comer, ni el beuer ni el dormir nõ puede eſscuſsar ſsus ſsazones. Otroſsi penſsar en las coſsas, non puede ſser eſscuſsado. E porende los ſsabios antiguos, que fablaron en todo, muy con razon dixeron, que pues que el penſsamiento era coſsa, que non ſse podia eſscuſsar, que deuian los omes vſsar del: quanto mas pudieſsſsen en aquello que fueſsſse a ſsu pro, e non a ſsu daño h E como quier que eſsto deua ſser catado, en todos los fechos, q̃ los omes fizieren: mucho mas conuiene en los de las guerras, que ſson llenas de peligros, e de miedos. E porende, los cabdillos i deuen ſser apercebidos, que los cuydados, que ouieren, en que ayan algun miedo, que pienſsen en ellos k ante q̃ al fecho venga. E faziendo lo aſssi, tomaran apercebimiento, en aquello que ouieren de fazer, por que lo fagan mejor, e mas endereçadamente, de guiſsa que ſse guarden de recebir daño, e de caer en verguença, q̃ ſson dos coſsas, de que ſse deuen los omes mucho guardar en toda ſsazon, e mas en tiẽpo de guerra. Ca el penſsamiento, que viene en vno, con el fecho, es dañoſso, por q̃ lovno eſstorua a lo otro. E demas los que aſssi lo fazẽ, mueſstrã ſse por de mal recabdo, en non cuydar lo que han de fazer ante que al fecho vengan. E porende los cabdillos, deuen ſser auiſsados, aſssi como diximos de ſsuſso: para cuydar en las coſsas, ante que en ellas ſsean. E el miedo, e el peligro, que yaze en los fechos encerrado catar lo e temer lo, quãdo eſstan de va gar, e oluidar lo, l quando fueren en el fecho. Ca el penſsamiento que eſstonçe les aduxieſsſse a remembrança el miedo, o el peligro que les podria acaeſscer, los eſstoruaria, de manera, que non pudieſsſsen fazer buen fecho, e non ſsacarian ende ninguna pro: ſsi non que fincarian por mal andantes, e ganarian prez de medroſsos. E porende en aquella ſsazon, non deuen al penſsar, ſsi non en las coſsas, que les dieren esfuerço, para acabar ſsu fecho, por | que puedan ganar, honrra, e prez.

Lex. VII. Como los cabdillos deuen ſsiempre catar ſsu mejoria.

EMbargar ome a ſsus enemigos, quando ouiere a lidiar conello, es vna delas coſsas del mundo, ſsegund dixerõ los ſsabios antiguos, que mas cumple en fecho de armas. Ca eſsto es carrera para desbaratar los ſsin grand ſsu daño. E por ende, el cabdillo, para fazer eſsto, deue ſsiempre catar ſsu mejoria aſssi que quando eſstuuiere cõ poca compaña, e los enemigos fueren muchos, e entendiere, que non ſse les podrian yr, en ſsu ſsaluo, ni deſsuiar, que non lidien conellos, que cate al gund lugar a tal, en que les pueda fazer daño, aſssi que la grauedũbre del lugar a ſsea como egualança ala muchedumbre dellos. E ſsi fuere tãta ſsu compaña, como la dela otra parte, aun con todo eſsſso nõ deuen dexar de catar ſsu mejoria, de manera, que ſsi el ſsol, les diere de cara, q̃ aguiſse, ſsi pudiere, como de a los otros. E ſsi nõ que ſsea partido entre ellos aſssi que toda via venga alos ſsuyos, dela parte ſsinieſstra, e alos enemigos dela dieſstra. E ſso miſsmo dezimos que deuen guardar ſsi fiziere grand viento b que les de en las caras que les embargue la fabla, o que aduga poluo que les faga daño embargãdo les la viſsta, o cubriendo les las ſseñales de las armas, porque ſse non puedan conoſscer. E aun deuen otroſsi mucho catar, que ſsi los enemigos traxeren peones, e ellos nõ que den alguna parte de ſsus caualleros, que los embarguen, porque la peonada, aya que ver en aquellos, e non vengan bueltos en vno con la ſsu caualleria. Otro ſsi, deuen ſser mucho apercebidos, que ſsi fueren a lugar, do ouiere peones dela otra parte, e ellos non los traxeren, que nõ vayan a ellos abarreras, nin acabo de ſsierra, nin a mal paſsſso, mas que pune delos ſsacar a llano, quanto pudiere. Ca bien aſsſsi como los peones, han mejoria de los caualleros, por las ſsierras, e por los graues paſsſsos, aſssi la han los caualleros delos peones, enel llano, por los cauallos, e por las armas, que han de mejoria, e por el lugar, que non es embargoſso. E porende, los cabdillos, en eſstas coſsas ſsobre dichas, e en las otras ſsemejantes dellas deuen ſsiempre catar ſsu mejoria c por que puedan vẽcer ſsus enemigos, ſsin ſsu daño lo mas que pudieren.

Ley. VIII. Quales coſsas deuen fazer los cabdillos que vſsen los omes en fecho de guerra.

VSo e arte ſson dos coſsas, que fazẽ al ome ſser ſsabidor delo q̃ quiere fazer. E ſsi aqueſsto deue ſser guardado en aquellos yerros, que los omes fazen, que ſson emendaderos, quanto mas lo deuen ſser en fecho de armas, e de guerra, en que non ſse emiendan, muy de ligero, las faltas que y ha. E porende cõuiene que los cabdillos fagan, aquellos que ſse han de acabdellar por ellos fazer eſstas dos coſsas. La vna, que ſsean arteros e ſsabidores en fe cho de armas. La otra, que vſsen dellas. E la ſsabiduria que deuẽ auer es que paren mientes enlas armas, con que mayor daño les fazen los enemigos. E que ſsepan ellos fazer armaduras, contra aquellas, con que ſse defiendan, porque non reciban ligeramente muerte, ni daño dellos, Otroſsi las armas que ellos traxeren, que las fagan dela guiſsa que entẽdieren, que mayor daño podran fazer cõ ellas, a aq̃llos con quien guerreã. E porque ſsepan los omes, que departimiento ha d entre armaduras e armas: dezimos aſssi que todo aquello q̃ viſsten, o ponen ſsobre ſsi para defender ſsus cuerpos, es dicha arma dura. E todo lo al que es para ferir, ha no me armas, e aſssi como de ſsuſso diximos ẽ el titulo delos caualleros. f E otroſsi, deuẽ ſser ſsabidores, que tambiẽ las armas, como las armaduras que traxeren, q̃ las ſsepan mandar fazer fuertes, e ligeras, g e apueſstas. Ca la fortaleza delas armaduras. los ampara mejor, e podran ſsofrir mas, con las armas, que fueren fuertes, podrã fazer mayor daño, e mas ayna. E el apoſstura les fara pareſscer mejor cõ ellas, e ſser temidos de ſsus enemigos, E la ligereza les fara que las puedan mas ſsofrir, e ayudarſse mejor dellas tambiẽ de las que traen para amparãça, como delas con q̃ han de ferir. Ca ſsemeja coſsa h enatia mucho que el que trae armaduras, o armas para defenderſse de muerte, o de priſsion de otro que el ſsea muerto, o preſso, por embargamiento dellas. E porende non tan ſsolamẽte conuiene alos caualleros, de ſser ſsabidores para traer tales armaduras, e armas como dicho auemos, mas aun que ſsepan armar ſse dellas, bien e ayna, de guiſsa, que ellos ſse apoderen delas armas, e non ſsean ellas apoderadas dellos. E ſso meſsmo dezimos delos cauallos, que los deuen prouar ante, de como fazen, e ſse dexan enfrenar, e | enſsellar, e armar, por que quando al fecho vinieren, tengan todas ſsus coſsas preſstas, e ciertas, por que non cayan en falla, quando meneſster fuere. E deuen ſser ſsabidores de caualgar, en el cauallo, e deſscender del ayna, y tambien a la parte dieſstra, como a la finieſstra, a Ca eſsto es coſsa que ſse torna en grand pro, por que en tal prieſsſsa podria algũo caer, que ſsi no ouieſsſse quien lo ayudaſsſse o el non ſsopieſsſse caualgar, podria ſser muerto, o preſso. E otroſsi deuen ſsaber ferir cõ las ar mas, que traxeren, en la manera que entẽ dieren, q̃ mas ayna podran matar, o pren der a ſsus enemigos. e todas eſstas coſsas de uen ellos vſsar por ſsi e los cabdillos fazer q̃ las fagan. Por que el vſso, b les faze ſser ſsabidores de todo eſsto que dicho auemos, E de mas faze las coſsas grauestener por ligeras. E ſsobre todo, faze los omes ciertos, de las coſsas que han meneſster, e deuen fazer. E aun de mas que ſson mejor mandados a ſsus cabdillos. E porende los que eſstas coſsas non vſsaſsſsen ſsin el daño que reſscibirian por ſsu culpa, deue les el Rey dar tal pena, ſsegũd el mal que viniere, por el yerro que ellos fizieron.

Ley. IX Como los omes deuen ſser acabdellados por mandamiento del cabdillador, e que manera ſse ha de tener, para encobrir lo ſsuyo, e ſsaber lo de los enemigos.

ACabdellar ſsegund dixeron los que fueron ſsabidores de armas, e de fecho de guerra, ſse deue fazer en dos maneras. La vna, de dicho La otra de fecho. E la de palabra es, que el cabdillo, mande a los ſsuyos, que tengan bien poridad, por que los fechos que quiſsieren fazer, non lo ſsepan los de la otra parte. Mas que ellos ayan ſsabiduria. de los otros, ſsegund dize en algunas leyes, que de ſsuſso diximos. Ca aſssi como es grand traycion, c meſsturar los omes, lo que ſsaben, e coſsa de que viene grand daño. Otroſsi los que ſse trabajan de auer ſsabiduria, de ſsus enemigos, fazen lealtad, e viene les ende grãd pro. E deuen otroſsi mandar a los omes que vſsen fazer ayna las coſsas, que les mãdaren. E que en pocas palabras entien dan, lo que les dixeren, como ſsi fueſsſse grand razon en las ſseñales. d E otroſsi lo que con ellos puſsieren, que lo conozcan, e fagan por ellas como ſsi gelo dixeſsſsen por palabra. E eſstas ſson dos coſsas de que deue el cabdillo vſsar, e los que el cabdellare: por que pueda fazer ſsus fechos ayna, e encubiertamente. e E ſsi por auentura acaeſsciere que eſsto ſsepan los enemigos. deudo cambiar, f el en otra manera. Por que toda via el arte e la ſsabiduria del vencer: en ſsu poder la aya, e non la den a los otros, E deue otroſsi mandar, que los ſsuyos que eſsten callando, g e non fablen, ſsi non quando gelo mandaren. E eſsto por dos coſsas. La vna, por que el roydo de las muchas palabras, faze que los omes non ſse entiendan vnos a otros. E la otra, por que los que han mucha fabla, non pueden tanto fazer, por ſsus ma nos como los que eſstan callando, E eſsto, por que vna grand partida de la ſsaña, pierden por las palabras, que dizen. h Otroſsi deuen los tener caſstigados que quando fueren en algun fecho, de grand afrenta, ſsi non ſse pudieren tener de non fablar, que digan pocas palabras e tales, que non enflaquezcã los ſsuyos, mas que tomen esfuerço. E aun ſsin todo eſsto, les deuen toda via moſstrar que non ſsean entreſsi referteros, ni mezcladores, i que eſsto es coſsa que torna en grand daño en toda ſsazon. E mayormẽte, en tiempo de guerra, por que tal podria ſser la mezcla, o el bollicio, que fariã q̃ todo fecho, que cuydaſsſse fazer ſse perderia por y. Onde el cabdillo, que bien quiſsiere por ſsu palabra acabdillar, deue mandar, que fagan, e guardẽ, todas eſstas coſsas ſsobredichas. E ſsi alguna coſsa por el menguaſsſse, el yerro, e el daño, que porende vinieſsſse, toda la culpa ſseria ſsuya. E mereſsce tal pena, como el mal, que los omes reſscebieſsſsen, por mengua de lo que el auia de mandar.

Ley. X. Que los que ouieren de guerrear deuen ſser ſsofridores e feridores.

SOfridores, e feridores, ſsegund los antiguos dixeron, deuẽ ſser los caualleros, e los otros que | guerrean, deſsque fueren bueltos, enlas lides, con los enemigos, para fazer lo, que les conuiene en fecho de caualleria. Ca maguer fueſsſsen feridores e ſsupieſsſsen fazer daño, ſsi ſsofridores nõ fueſsſsen, de manera que non deſsmayaſsſsen, por las feridas que dellos recebieſsſsen, ni por los otros grandes peligros, que les y auenieſsſsen, non podrian vencer, ante conuernia por fuerça, que fueſsſsen vencidos. E otroſsi, maguer fueſsſsen muy ſsofridores en todas eſstas coſsas, que diximos, ſsi non fueſsſsen feridores, de guiſsa que por ſsus fe ridas, ſsupieſsſsen fazer daño a ſsus enemigos, non les valdria el ſsofrir nada, que muertos, o feridos non fueſsſsen. E por ende conuiene en todas guiſsas, que ayan en ſsi eſstas dos coſsas. E que ſsean apercebidos toda via de vſsar dellas en vno. Ca la vna ſsin la otra non valdria nada.

Ley. XI. Quales ſson los bienes, q̃ vienen por el buen acabdillamiento, quando es bien fecho, como deue.

ACabdillamiento ſsegund dixeron lon antiguos, es la primera coſsa, que los omes deuẽ fazer, en tiempo de guerra. Ca ſsi eſsto es fecho: como deue, naſscen ende tres bienes. El primero, que los faze ſser vnos. El ſsegundo, que los faze ſser vencedores, e llegar a lo que quieren. Eltercero, que los faze tener por bien andãtes: e por de buen ſseſso. E porende los vnos lo llamaron llaue, e los otros freno. E los otros maeſstro. E eſstos nomes le puſsieron muy con razon. Ca bien aſssi como la llaue a abre los lugares cerrados, e da entrada para llegar los omes a lo que demandan: otroſsi el acabdillamiento, quando es bien fecho, faze alos omes en trar do quieren, e acabar lo que quieren. E freno, ouo nome muy con razon. Ca bien aſssi como el freno faze ala beſstia, que non vaya, ſsi nõ por do quiere aquel que caualga. Otroſsi, el acabdillamiento, endereça los omes, e faze que non tuerçan, ni ſsobrelieuen enla guerra. Mas que vayan como cõuiene al fecho, que quieren fazer. E maeſstro fue llamado, por q̃ enel yaze toda la maeſstria de como los omes deuen vencer ſsus enemigos, e fincar ellos honrrados. Ca bien aſssi como el nauio va por el mar, e maguer ſse mueua con velas, o con remos, nõ puedẽ llegar los que enel van do quieren, e han a peligrar muchas vegadas, ſsi el maeſstro que tiene el gouernalle non los endereça: otroſsi los que quieren guerrear, non pueden acabar ſsu voluntad, e ſson vencidos, e desbaratados muchas vezes, quãdo non ſson bien acabdillados. E demas, por el buen acabdillamiẽto, vencen muchas vegadas los pocos alos muchos. E fazen otroſsi cobrar, e vẽcer a los que ſson vencidos. E por todas eſstas razones, tuuieron por bien los antiguos de adelantar, e honrrar, el acabdillamiento entre to das las otras coſsas, que ſse deuen fazer en la guerra. E fizieron del, como Rey b a que tuuieſsſsen mientes, e obedeſscieſsſsen. E puſsieron grãdes penas c a quien quier que contra el fueſsſse, ſsegũd la coſsa, en que ſse deſsmandaſsſse: aſssi como ſse mueſstra, enlas leyes que fablan en eſsta razon.

Ley. XII. Quales deuen ſser las ſseñales que traxeren los cabdillos, e quien las puede traer, e por que razones.

SEñales conoſscidas puſsieron antiguamẽte que traxeſsſsen los grandes omes en ſsus fechos, e mayormente en los de guerra. Porque es fecho de grãd peligro, en que conuiene que ayan los omes mayor acabdillamiento aſssi como de ſsuſso diximos. Ca non tan ſsolamẽte ſse hã de acabdillar por palabra, o por mandamiento delos cabdillos, mas aun por ſseñales. E eſstas ſson de muchas maneras. Ca los vnos puſsieron en las armaduras que traen ſsobre ſsi, e ſsobre ſsus cauallos, ſseñales departidas vnas de otras, porque fueſsſsen conoſscidos. E otros las puſsieron enlas cabeças, aſssi como en los yelmos, o en las capellinas, porque mas ciertamente los pudieſsſsen conoſscer, enlas grandes prieſsſsas, quando lidiaſsſsen, Mas las mayores ſseñales, e las mas conoſscientes, ſson las ſseñas o los pendones. E todo eſsto fizieron por dos razones. La vna porque mejor guardaſsſsen los caualleros a ſsus ſseñores La otra, porque fueſsſsen conoſscidos, quales fazian bien o mal. E eſstas ſseñas, e pendones, ſson de muchas maneras, aſssi como adelante ſse mueſstra.

Ley. XIII. Quantas maneras ſson de ſseñas, mayores, e quien las puede traer, e por que razones.

EStandarte d llamã ala ſseña, quadrada ſsin farpas. Eſsta non la deue otro traer, ſsinon emperador, o rey, Por que aſssi como ellas, nõ ſson departidas, e aſssi non deuẽ ſser partidos los reynos onde ſson Señores, Otras yha que ſson quadradas, e ferpadas, en cabo, a q̃ llamã cabdales. E eſste nome han, por que nõ las deue otro traer, ſsi non cabdillos, por razon del acabdillamiento, que deuẽ fazer. Pero non deuen ſser dadas ſsi non a quien ouiere cien caualleros, por va ſsallos, o dende arriba, Otroſsi las pueden traer concejos de cibdades, o de villas. E por eſsta razon los pueblos ſse deuen acabdillar por ellos, por que non han | otro cabdillo, ſsi non el ſseñor mayor, que ſse entiende por el Rey, o el quel puſsiere por ſsu mano. Eſsſso miſsmo pueden fazer los conuentos delas ordenes de caualleria, Ca maguer ellos ayan cabdillos, a que han de obedeſscer, ſsegund ſsu ordẽ. Porque non deuen quanto alo temporal, auer ninguno dellos, coſsa eſstremada, a vnos de otros, por eſsſso non puedẽ auer ſseña, ſsi non todos en vno.

Ley. XIIII. Quantas maneras ſson de pendones.

PEndones poſsaderos ſson llamados aquellos, que ſson anchos contra el aſsta, e agudos fazia los cabos, e lleuan los en las hueſstes, los que van a tomar las poſsadas, e ſsabe otroſsi cada compaña do ha de poſsar. Ta les pẽdones como eſstos, puedẽ traer los maeſstros delas ordenes, dela caualleria, e aun los comendadores, do ellos nõ fueſsſsen. Otroſsi los pueden traer los que ouieren de cien caualleros ayuſso, faſsta en cinquenta, mas den de faſsta diez, ordenaron los antiguos que traxeſsſse el cabdillo, otra ſseña quadrada que es mas luẽga que ancha, bien el tercio del aſsta ayuſso e non es ferpada. E eſsta llaman en algunos lugares vãdera. Otra ſseña yha que es ango ſsta e luenga cõtra fuera e partida en dos ramos. E tal como eſsta eſstableſscieron los antiguos, q̃ la truxeſsſsen los officiales mayores del Rey, por q̃ ſsupieſsſsen los omes que lugar tenia cada vno dellos enla cor te do auian de yr, o de poſsar enla hueſste. Eſsſsa miſsma ſseña, tuuieron por bien, que traxeſsſsen ſseñores de dos caualleros faſsta cinco. Pero que fueſsſse mas pequeña que la delos officiales. Los guiadores delas hueſstes, e delas caualgadas, a que llamã adalides, que puedan otroſsi traer ſseñas cabdales, ſsi gelas diere el Rey, mas non de otra guiſsa. E eſsto, porque non han compaña cierta, de que ſsean ſseñores, por que merezcan auer ſseña, ſsi non aſssi como ſse les acaeſsce por auentura vna vega da mas, o otra menos. E el almirante ma yor dela mar, deue lleuar en la galea, en que fuere, el eſstandarte del Rey, vna ſse ña cabdal en la popa dela galea, de ſseñal de ſsus armas. E todos los otros pendones que truxere enella menores, puede los aun traer de ſsu ſseña, porque todas las otras galeas, que ſse han de acabdillar por el, alli conozcã la ſsuya en que el va. Mas en todos los otros nauios dela hueſste, non deuen traer ſseña ſsi non del Rey, o del Señor que mando fazer el armada. Fueras ende, que el comitre de ca da galea, que pueda lleuar enella vn pendon de ſsu ſseña, porque ſse acabdille ſsu compaña, e ſsepa qual faze bien o mal.

Ley. XV. Que otro ome non deue traer ſseña, ni pendon cotidianamente, ſsi non el Rey.

TRaer puede q̈l quier deſstos ſsobre dichos las ſseñas que dichas auemos en las hueſstes, o enlas guerras. Mas cõ todo eſsſso, non la deue traer otro ninguno cotidianamente, b ſsi non Emperador o Rey, por q̃ ſson cabdillos de cada dia. E otroſsi por hõrra delos Imperios e delos Reynos, que han de mãtener. E aun por que ſsean conoſscidos por do fueren. Ca por eſstas razones, puedẽ traer cõſsigo ſseña, o pendon cada q̃ caualgarẽ, tambien en tiempo de paz, como de guerra. E nin guno de todos eſstos que diximos, nõ lo deue auer, ſsi nõ aquellos a quien lo ellos dieſsſsen de comienço, dandoles con ellos aquel poder. E faziendoles aquellas hõrras, que de ſsuſso ſson dichas, E por eſsta razon eſstableſscierõ los antiguos, q̃ qualꝗer aquien el rey ouieſsſse dado ſseña, q̃ nunca ſse paraſsſse cõtra el, ni la tendieſsſse cõtra la ſsuya, ni pendon, nin otra ſseña alguna, de aquellas que ouieſsſse auido del, o aquellos de quien el deſscendieſsſse, o de ſsu linaje del Rey, o del miſsmo. Ca qualquier q̃ lo fizieſsſse, puſsieron que faria traycion conoſscida, porq̃ deue ſser echado del Reyno, ſsolamente por moſstrar la contra la viſsta del Rey. E eſsto tuuierõ que era mucho eſstraña coſsa, que aquellos a quien los Reyes dauan ſseñas, e pendones, por fazer les honrra, q̃ les deshõrraſsſsen ellos, deſspues con ello, parando ſse les en contrario, conel bien que dellos recibieron.

Ley. XVI. Quantas maneras ſson de hazes, e como ſse deuen partir.

NOmes departidos puſsierõ los antiguos, que ſsupieron, e vſsaron fecho de armas alas compañas delas hueſstes, ſsegund ſse parauan, quando erã acerca de ſsus enemigos. Ca los que eſstauan tendidos. parados, vnos cabo otros, llaman haz. E a los que ſse parauan como en manera de carro redondo, llamauan muela. E cuneo llamauan alos queyuan todos en vno, e fazian la delantera aguda, e ancha la çaga. | E muro dixeron a los que eſstauã todos ayuntados en vno, en manera de quadra E otra manera y auia, a que llamauã cerca, que era fecha en manera de corral. E auia otras hazes, a q̃ llamauan en Eſspaña citaras. E tropel llamarõ al ayuntamiento de omes que eſstã en cõpaña, maguer ſseã muchos omes, o pocos, en qualquier manera que ſseã partidos. E eſstos nomes les puſsierõ ſsegun la honrra, e la pro, que de cada vna dellas naſscen. Las hazes tendidas, fizierõ, por que pareſscieſsſsen mejor en ellas los caualleros, e ſse mueſstran por mas delo que ſson, que es coſsa que faze a la mala gẽte tomar mayor eſspanto, e vencer ſse mas ayna. E aun y ha otra razon, por que lo fizieron, por que la vna compaña, ſsi fueſsſse menor que la otra, e quiſsieſsſsen ferir en medio, que les pudieſsſsen fe rir enderredor. Lo que non pudieran fazer en otra manera, ſsi nõ fueſsſse tendida la haz. E porẽde los antiguos ponian atales hazes como eſstas, tendidas, vnas empos de otras, por moſstrar mas ſsu poder. e por que ſsi la vna haz fueſsſse canſsada, o desba ratada, la otra q̃ eſstuuieſsſse folgada la pudieſsſse acorrer. E la muela fazian otroſssi por que ſsi los enemigos los cercaſssen en derredor, que los fallaſsſsen toda via de ca ra, defendiẽdo ſse cõtra ellos. E la otra ma nera que llaman cuneo fue ſsacada, por q̃ quãdo las hazes delos enemigos fueſsſsen fuertes, e eſspeſsſsas q̃ las podieſsſsen romper, e departir, e vencer, mas ayna. Ca deſsta guiſsa vencen los pocos a los muchos. E deue ſser fecha deſsta guiſsa, poniendo primeramẽte delãte tres caualleros, e a las eſspaldas dellos ſseys, e empos delos ſseys, doze, e empos deſstos, veynte e quatro, e aſssi doblando los, e creſsciendolos toda via, ſsegun fuere la compaña. Pero ſsi la gẽte fueſsſse poca, bien podriã fazer la delantera de vno, e de ſsi doblar de dos e de quatro, ſsegund la manera que deſsuſso diximos. E el muro fizieron para quando vieſsſsen los enemigos, q̃ pudieſsſsen meter todo lo ſsuyo en medio, para tener lo en ſsaluo, por que non gelo pudieſsſsen desbaratar, nin forçar. Eſsto vſsauan, quando los Reyes auian a auer batalla los vnos con otros, que dexaua los vnos para guardar la compaña del raſstro dela hueſste, aſssi como ſsobredicho es, e los otros yuan a lidiar. E corral, o cerca, fazian, para guardar ſsus Reyes, que eſstouieſsſsen en ſsaluo. E eſsto fazian, de omes de pie, que los parauan en tres hazes, vnos empos de otros, e atauan los a los pies, por que non ſse pudieſsſsen yr, e fazian les tener los cuentos de las lanças fincados en tierra, e las cuchillas endereçadas contra los enemigos, e poniã ca be ellos piedras, o dardos, o balleſstas. o arcos, con que pudieſsſsen tirar e defender ſse de lueñe. E eſsto faziã por tener honrrado ſsu Señor, que los enemigos non pudi eſsſsen llegar a el: ni le fazer mal, e que ſsi los ſsuyos vencieſsſsen, que ſsol non ſsemejaſsſse, que el ſse mouiera de vn lugar, ni moſstrara que lo tenia en nada. E q̃ ſsi fueſsſsen vencidos, que fallaſsſsen cobro, e esfuerço, alli do el eſstuuieſsſse, Porque pudieſsſsen ellos deſspues vencer. E las citaras puſsieron porque ſsi acaeſscieſsſse, que las hazes ſse alongaſsſsen, mucho vnas de otras, que non, pudieſsſsen los enemigos de trauieſsſso entrar en ellos. E otroſsi, por q̃ quãdo las hazes ſse ayũtaſsſsen, pudieſsſsen venir mas ayna, los de las alas dellos a ellos, por ferir los enemigos de trauieſsſso, o tomar les las eſspaldas. E las cõpañas de los tropeles, fueron fechas, e pueſstas, para fazer derramar las hueſstes. E otroſsi, para reſscebir los que vinieſsſsen derramados, tomando les las eſspaldas de manera q̃ los desbarataſsſsẽ. E todas eſstas coſsas ſsobre dichasdeuen ſsaber los cabdillos, por dos razões La vna, para fazerlas ellos, e ayudarſse dellas, quando meneſster les fuere. E la otra, para ſsaber las desfazer, quãdo los enemigos las fizieſsſsen. E en cada vna deſstas maneras de cõpañas, deue el cabdillo mayor, poner otros q̃ ſsean esforçados, e ſsabidores, para fazer guardar, e mandar todas eſstas coſsas, aſssi como ſsobre dichas ſson. E deuen ſse todos acabdillar, por los que el puſsieſsſse, bien aſssi como por el miſsmo. E quales quier, que ſse les deſsmandaſsſsen, nõ queriendo yr en haz de qual manera quier que fueſsſsen, deſstas q̃ dicho auemos, o deſspues que eſstuuieſsſsen en ella: ſse derramaſsſsen. a toda coſsa q̃ les fizieſsſsen tãbiẽ los otros cabdillos como el mayor: aſssi como ferir los, o matarlos, o fazer les, o dezir les, otra coſsa qualquier, por eſscarmiẽto, non caen porẽde en pena ninguna, ni ſse puedẽ porende lla mar a deshonrra de aq̃llos a quiẽ lo fizieſsſsen, ni deuen auer enemiſstad dellos, ni de ſsus pariẽtes, pues q̃ es fe cho por mãdado de aq̃l q̃ tiene el lugar del Señor e por pro comunal de todos. Mas ſsi por auẽtura los cabdillos, fueſsſsen atales: q̃ nõ eſscarmẽtaſsſsen eſsto aſssi como ſsobredicho es, deuẽ ellos auer tal pena como mereſsciere aq̃l, o aq̃llos, q̃ derramaſsſsen, o nõ quiſsieſsſsen eſstar acabdillados. Pero ſsi otro daño mayor vinieſsſse, por aq̃l derramamiẽto, deuẽ auer tal pena, los derramadores, e los q̃ nõ gelo vedaſsſsẽ, como el mal o el daño, q̃ el Rey fallaſsſse, q̃ fuera, o el q̃ viniere por ellos.

Ley. XVII. Como los dela hueſste deuen ſser acabdillados quando ſse mueuen.

YEndo las hueſstes de vn lugar a otro, deuẽ ſser muy guardadas, ſsegund los antiguos moſstrarõ, porq̃ muchas vegadas acaeſsce, q̃ alli ſson vẽcidos, o desbaratados, de los enemigos, ſsi non ſse ſsabẽ biẽ guardar. E eſsto viene en muchas ma neras, aſssi como quãdo los de las hueſstes, ſse partẽ por muchos caminos. E otroſsi quãdo paſsſsã por tales lu|gares, que non puedẽ yr en hazes, nin en tropeles, e ha ſse de fazer el raſstro luengo. E ſsi ſse quierẽ eſsperar embargãſse, que nõ puedẽ paſsſsar, e demas, canſsan las beſstias, cõ las cargas, a e mueren muchas dellas, o ſse dañan, q̃ escoſsa que ſse torna en grãd menoſscabo de la hueſste. E aun han de paſsſsar alas vezes, por tan fuertes paſsſsos, q̃ muy pocos omes podrian desbaratar a muchos. E ſsin todo eſsto acaeſsce, que paſs ſsan alas vegadas, acerca delos lugares do ſson los enemigos, porque han meneſster los cabdillos, que ſsean ſsabidores de guardar, que non recibã las hueſstes daño, en eſstos lugares, ſsobre dichos, E porẽde deuen ordenar, ante que la hueſste mueua, como vaya el raſstro todo por vn lugar, e non ſse parta por muchas partes. b E ſsi lo fizieren, vieden lo muy cruelmẽte, en los cuerpos. E otroſsi, deuen poner quales vayan enla çaga, e enla delantera. Pero ſsiempre deuen dexar, mas poder, enla çaga, porque ſsi ſsus enemigos vienen a ella, mas de graue ſse les faze alos omes, de tornar a acorrer que nõ la delantera, que les es en ſsu camino do han de yr. E aun deuen catar, que ſsi el raſstro ſse les alongare, que pongã quiẽ lo guarde en todos los lugares, como entendieren que han meneſster: porque non ſse aya a detener, ni canſsen, ni muerã las beſstias. Otroſsi, quãdo ouieren de paſsſsar fuertes lugares, aſssi como por malos barrancos, o, tremadales, que non puedan deſsuiar, deuen fazer yr adelante tantos omes que los ado ben, porque puedan ſsin embargo paſsſsar e dexar quien los guarde, porque non recibã daño. Mas ſsi el paſsſso, fuerte fuere aſsſsi como ſso peña, o en tal ãgoſstura, c q̃ pocos omes la pudieſssẽ tener a muchos deuẽ embiar adelãte tãtos omes atales q̃ ſse apoderen del, ante que los enemigos, lo tomen, porque la hueſste pueda en ſsaluo paſsſsar. E quãdo les acaeſsciere, quc paſsſsen cerca del lugar, do los enemigos fueren, deuen alli, fazer eſstar la delantera, faſsta que llegue tanta gente de caualleros, e de peones, que puedan guardar el raſstro, faſsta que venga la çaga, e ſsea toda la hueſste paſsſsada en ſsaluo. E todas eſstas coſsas deuẽ ſsaber los cabdillos, e ſser mucho apercebidos enellas, para guardar ſse del daño que les podria venir delos enemigos.

Ley. XVIII. Como deuen fazer quando los enemigos dieren ſsalto enla hueſste.

SAlteando los enemigos en alguna parte de la hueſste, deuen los cabdillos ſser muy apercebidos, para nõ dexar yr alla tãta gente, q̃ fagã grãd mẽgua enlos otroslugares porque podria ſser, que lo farian con arteria, para ferir do entẽdieſsſsen que mayor daño podrian fazer-E para yr ſsiempre apercebi dos, de guardarſse en todas las coſsas q̃ dicho auemos, deuen fazer dos coſsas. La primera, que den caualleros que vayan delante, a dieſstro, e a ſsinieſstro, aque llaman deſscobridores: porque ſsi los enemigos vinieren, aperciban ala hueſste, e nõ recibã daño. La ſsegũda, q̃ en vien do la hueſste, vayan toda via los caualleros armados e apercebidos, porque ſsi los enemigos vinieren a ellos a ſso ora, que ſse puedan amparar, e non ſse ayan mucho a detener en armandoſse, ni en parando ſse acabdillar. Ca todo ome cuerdo, deue entẽder, que pues el enemigo viene para le fazer mal, non le dara lugar para poder ſse armar, ni para auer luengo conſsejo de como cabdillara. E de mas ſsemeja grand locura, que las armas q̃ fueron fechas, para ayudar ſse los omes dellas, enlos lugares de miedo, que ayan verguença los caualleros, ni los otros omes delas traer. E yẽdo eneſsta manera, que auemos dicho apercebidos, e cabdillados, los dela hueſste, non podrian recebir daño delos enemigos, ſsi non fuere poderio dellos grande, e demas: enlo que los de la hueſste, non aurian culpa. Onde los que fe deſsmandaſsſsen delos cabdillos, de manera que por culpa dellas, recebieſssẽ daño, los dela hueſste. O ſsi los cabdillos erraſsſsen en lo que ouieſsſsen de fazer deuẽ, auer tal pena cada vno dellas, ſsegund diximos enla ley tercera ante deſsta.

Ley. XIX. En que lugares deuen los cabdillos apoſsentar las hueſstes.

APoſsentar hueſstes es muy grãd maeſstria e ha meneſster de ſser muy ſsabidor el cab dillo que lo ha de fazer. E para eſsto, deuen ſsiempre traer conſsigo omes que ſsepan bien la tierra, aque llaman agora adalides, que ſsolian antiguamente auer nombre guardadores. E eſstos deuen yr toda via enla delantera, con tas que lleuan la ſseña, o el pendon del Rey, o del mayor cabdillo dela hueſste, empos de que han de yr los otros. E de que llegaren al lugar do ha de poſsar la hueſste, deue aquel que ha de apoſsentar la, catar que ſsi la gente fuere mucha, que los non faga poſsar, de guiſsa, que ayan grand angoſstura. d E ſsi poca, que non eſsten alongados vnos de otros. Ca eſsta es coſsa, por que podrian ayna recebir grand daño, delos enemigos. Mas deue los fazer poſsar en vno, e enfortaleſscer la hueſste, quanto mas pudiere. E por eſsto llaman antiguamente en Latin ala hueſste caſstra, que quiere dezir tanto como poſsada fuerte, e ordenada, para defenderſse delos enemigos. E porende los antiguos, quãdo trayan muchos carros, ponian los alderredor dela hueſste, e fazian dellos como muro. E quãdo nõ los teniã, auian palos | agudos a, ferrados, en q̃ auiã ſsortijas de fierro, e fincauã los, e trauauã los cõ cuerdas. E cercauã cõ ellos toda la hueſste enderredor. E tã fuertes los faziã, e tan orde damẽte poniã las tiẽdas, q̃ los enemigos b nõ las podriã ligeramente quebrantar. E aun fazian otra coſsa, que quando los palos non tenian, que puſsieſsſsen al derredor de la hueſste, poniã las tiendas vna cer ca de otra. E de tal manera las trauauan, q̃ ningund ome de cauallo, ni de pie, nõ las pudieſsſsen quebrantar. E eſsto fazian los cabdillos, con muy grand maeſstria que auian entendiendo, que los dela hueſste, que trabajauan mucho de dia, que pudieſsſsen de noche dormir, e folgar, ſseguramente. E aun catauan mas los que la hueſste apoſsentauã, que non la puſsieſsſsen en lugar que fueſsſse ſso otero. O ſsierra alta, por que los enemigos non ſse apoderaſsſsen de aquel lugar alto, para fazer les da ño, e ſse acogieſsſsen en ſsaluo. E que non fueſsſse pueſsta entremadal, nin en lugar q̃ le pudieſsſse agua ducho c fazer mal. E fueſsſse ſsiempre cerca de agua d, y de yerua, y de leña e, que ſson coſsas que mucho ha meneſster la hueſste, que non pueden eſscuſsar. Ca bien aſsſsi como es de catar el logar, do quieren fazer alguna buena villa f, que ſsea ſsano g, e fuerte, e abondado, de agua, e de otras coſsas, que fueren meneſster: aſssi lo deuen fazer para poſsar la hueſste h, fallãdo lugar para ello con ueniẽte. E ſsi nõ deue eſscoger el mejor lugar q̃ pudierẽ auer, ſsegũd el lugar q̃ fuere

Ley. XX. en que manera deuen apoſsentar las hueſstes.

APoſsentada deue ſser la hueſste, ſsegũd la faciõ del lugar ſsi fue re luẽga, o quadrada, o redõda. E poner las tiendas del Señor, en medio, elas de los oficia les, q̃ lo han de ſseruir enderredor della, q̃ eſsten en manera de al caçar. E todas las puertas deſstas tiẽdas de uẽ eſstar fazia las del Señor, e deuẽ dexar enderredor deſsto plaça pata en q̃ deſscaual guen los que vinieren a ver al Rey, e on de ſse alleguen, ſsi algun rebate acaeſsciere en la hueſste. E deſspues deſstas tiendas de uen poſsar todos los otros dela hueſste, que es anſsi como la puebla de la villa, e a derredor deſsto deuen poner las tiendas delos cabdillos e de los otros hombres honrrados, que cerquen la hueſste como en manera de muro con torres, e ſsi la hueſste fuere redonda deuen dexar vna carrera ancha de parte de dentro enderredor de las tiendas de los hõbres honrrados, e las otras delos pueblos, e ſsi fuere luenga, dexar vna en medio, que ſsea to da derecha, e ſsi fuere quadrada, deuẽ de xar dos o faſsta quatro, las vnas en luẽgo y las otras en trauieſsſso, e todas eſstas carreras deuẽ los cabdillos ſseñalar de manera q̃ entiendan los de la hueſste como hã de poſsſsar, e q̃ ellos miſsmos ſse acabdillẽ ſsegũ la ſseñal q̃ les poſsierẽ, e no deue el Rey nin ſsus caualleros deſscender, faſsta q̃ llegue la çaga, ãte los deue mãdar eſstar ẽderredor dela hueſste q̃ la guardẽ poniẽdo atalayas a todas partes, e omes q̃ deſscubrieſsſsen la tierra enderredor, ẽ manera q̃ nõ reſscibã daño de los enemigos ẽ poſsando. E ſsi otras guardas fuerẽ pueſstas al raſstro: aſssi como en las coſstaneras, deuẽ eſsperar faſsta q̃ llegue la çaga. Por q̃ muchas vegadas acaeſsce, q̃ los enemigos: quãdo entienden q̃ la hueſste es poſsada, vienẽ a ferir en los q̃ la lleuan, cuydando que los que eſstã apoſsentados, que non les acorreran.

Ley. XXI. Como deuẽ ſser acordadas las hueſstes.

CArcauear a deue el cabdillo la hueſste en derredor, quãdo ſsu pierẽ q̃ alli hã de fazer morada luẽga en algũd lugar. Lo vno porque nõ recibã daño delos enemigos. Lo otro, por que non pierdan ſsus beſstias, nin les furten ſsus coſsas. Otroſsi deuẽ dar tantos de caualleros, e de peones, que la guarden de noche: ſsegund entẽdieren q̃ es el poder de los enemigos, e conuiene al lugar do eſstuuierẽ poſsados. E tanbien eſstas guardas como las que puſsieren de dia, hã las de partir, de guiſsa, que puedan ſsofrir el trabajo. E todas eſstas coſsas q̃ diximos, deuẽ fazer los cabdillos, e mãdar a los otros como las fagan. E el q̃ lo non quiſsiere fazer b: ſsi fuere delos mayores omes, deue le el Rey dar pena, ſsegũd fueſsſse la coſsa, en que ſse deſsmandaſsſse. E ſsi fue re de los otros, toda coſsa, que el cabdillo le fiziere, en manera de eſscarmiẽto, nõ le deue ſser acaloñado ſsegund adelãte ſse mueſstra. Mas ſsi el yerro fuere por culpa del cabdillo, deue el rey darle pena ſsegũd el daño q̃ viniere por ſsu mereſscimiento.

Ley. XXII. Como deuen ſser guardadas, e guiadas las recuas, quando fueren con las viandas a las huestes. E los q̃ vã por yerua o por paja o por leña.

LEña, e yerua c, e agua, e paja ſson coſsas q̃ los de la hueſste nõ pue dẽ eſscuſsar. E otroſsi de ẽbiar recuas, para traer les aq̃llo q̃ han meneſster. E porende, los cabdillos, que ouieren de guardar, e de guiar a los que fueren por eſstas coſsas, deuẽ ſser ſsabidores, para lleuar la compaña roda ayũtada en vno. E non eſsparzidos, ni derramados con çaga, e con delantera, ſsegund fuere el lugar por do ouieren de paſsſsar. E deuen toda via ſser apercebidos, para auer ſsabiduria de los enemigos. Ca de que lo ſsupieren, alli do los enemigos les cuydarian, fazer daño le podrian reſscebir dellos. E deuen les fazer yr, abuiados, por que ſsi adeſsora vinieſsſsen los enemigos, que ſse pudieſsſsen mejor defender. Pero por todo eſsſso, non deuen dexar de traer omes, que deſscubran la tierra, e q̃ los ſsepã guiar, por aquellos lugares, q̃ mas derechos, e mejores fueren: guardãdo los delos malos paſs ſsos, e de los lugares que entendieren, q̃ podriã reſscebir daño. E quãdo los enemigos vierẽ deuelos el cabdillo conortar, e esforçar en dos guiſsas. La primera de palabra. diziẽdo q̃ non ſson los enemigos tantos. como pareſscen, ni tan buenos como ellos, e otras razones ſsemejantes deſstas, con q̃ les de conorte, e esfuerço. La ſsegũda de echo, cõortãdo les, e poniendo, e mãdãdo, a cada vno, como eſste apercebido, e moſstrando les lo que deuẽ fazer, ſsi a ellos vinierẽ. E ſsi poca cõpaña fuere: e truxerẽ muchas beſstias, ſsin cargas deuen fazer ſsobir los omes enellas, por moſstrar q̃ ſson muchos. E de ſsi mãdar les q̃ fagan todas las otras coſsas, q̃ entẽdierẽ q̃ les da ran conorte, e esfuerço, para vẽcer. E como quier q̃ los cabdillos deuẽ eſsto fazer, en cada lugar, mucho mas cae, en guardar los, q̃ vã por eſstas coſsas ſsobredichas, do ſse acogen gẽtes menudas, e de poco esfuerço porque, a tales como eſstos, deuẽ los cabdillos mas esforçar, q̃ a otros omes: ca ſsegũd dixerõ los ſsabios antiguos, q̃ vſsarõ fecho de armas: a tal es la palabra: e el esfuerço del buẽ cabdillo a ſsu gẽte, quãdo hã miedo, como el fiſsico al enfermo d quãdo cuyda morir. E eſsto meſsmo deuẽ fazer, a los q̃ fueren por leña, o yerua o por paja E a vn mas cõuiene q̃ faga, q̃ miẽtra la cogieren q̃ ſsean armados los caualleros, q̃ los guardã, e pongã, ſsus atalayas, q̃ deſscubrã la tierra: e los puedã apercebir, an te q̃ los enemigos vẽgan a ellos, a deſso ra. E aun ſsin todo eſsto, deuẽ les mãdar q̃ los omes fagã todas ſsus cargas en vno, e las carguẽ otro ſsi, por que nõ vengã tã derramados, e ſse faga el raſstro ma lo, de guardar, e q̃ nõ recibã otroſsi daño, en veniendo a la hueſste, q̃ les ſseria mayor verguẽça, q̃ de otra guiſsa, porq̃ ſsemejaria, q̃ lo reſscebiã non catãdo nin gũa coſsa, cõ ſsabor de tornar ſse a las poſsadas: e poreſsto les deue el cabdillo mas guardar a la tornada q̃ a la yda, porq̃ alli vã mas medroſsos: e a la tornada vienẽ mas ſseguros: onde los q̃ nõ ſse quiſsierẽ cabdillar, deuẽ auer tal pena como ẽ eſsta otra ley diximos. E ſsi los cabdillos erraſssẽ, ẽ lo q̃ ellos deuẽ fazer, deuẽ auer tal pena ſsegũd q̃ eneſsta ley miſsma dize.

Ley. XXIII. como deue ſser apoſsentada la hueſste quando cercan alguna villa o algund caſstillo de los enemigos.

CErcãdo, la hueſste, villa, o caſstillo ſsobre q̃ quiere eſstar, faſsta q̃ la tomẽ, deue el Señor mayor o el otro cabdillo, que y fuere, por el, | fazer tomar las poſsadas, enderredor de aquel lugar que quiere cercar: ſsi tanta cõ paña touiere, por que lo puedan bien en ſsu ſsaluo cercar. E ſsi todo nõ lo pudieren cercar, deuen poſsar acompañas, ante las puertas, por que les tuelgã la entrada, e la ſsalida, e ſsi nõ todos en vno, enel lugar do entendieren, que mayor daño, podriã fazer a los de dentro. Ca cerca, non quiere al dezir, ſsi nõ coſsa que ciñe todo enderredor. E la que non es aſssi fecha, non la llaman, ſsi non aluergada. Pero deuen apoſsentar a la hueſste en tal lugar, que ſsea cerca de los enemigos, por apoderarſse dellos e fazer les mal, E non meterla primeramente, tan a dentro, que la ayan deſs pues de tornar a fuera. Ca deſsto les vernia verguença a e daño. E luego que aſsſso ſsegada fuere la hueſste, deuen fazer entre ſsi e los de dẽtro carcaua enderredor: por que los de la villa, non les puedan dar re bato, ni ellos non les puedan yr a combatir, ſsinmandamiẽto de ſsus cabdillos, e ſsi el aluergada fuere a vna parte o mas, non ſseyendo la villa cercada, deuen fazer ante aquellas poſsadas carcauas entre ſsi, e los de la villa. Pero eſstos, tambien como ſsi toda la villa cercaſsſsen enderredor, deuen fazer otra carcaua, contra fuera. E eſsto fallaron los antiguos, por q̃ muchas vegadas, an acuer do, los de dentro, con los otros, ſsus amigos de fuera, que los vengan a acorrer. E tambien los vnos como los otros, de guiſsa podrian ferir en la hueſste, que aun que fueſsſsen menos que ellos, queſsi non fueſsſsen guardados podrian ſser vencidos, o mal trechos. Lo que ſseria coſsa que pareſsceria mal, ſsin el daño que dende ver nia: que aquellos que tienen lugar de vẽcedores, fueſsſsen vencidos, por ſsu culpa. E aun eneſstas carcauas, fallarõ otros prouechos, que los enemigos, ſse tienẽ por mas cuytados, por ellas, pues que non pueden entrar, nin ſsalir, nin auer las coſsas que les ſson meneſster. E los de la hueſste, eſstan mas en ſsaluo: e pueden mejor guardar ſsus coſsas, que non las pierdan nin gelas furten. E aun ſsin todo eſsto, quando los enemigos, les dieren rebato a deſsora, q̃ ſse pudieſsſsen armar, de ſsu vagar, e auer acuerdo para defenderſse. E a vn de mas, viene les ende muy grand pro, quando carcauados fueſsſsen, aſsſsi como ſsobre dicho es. E nõ aurã meneſster otra guarda ſsi nõ atalayas de dia, e eſscuchas de noche, e podrã mas ſseguramẽte dormir, e folgar, e ſsofrir mejor el trabajo q̃ ouierẽ. Ca ſsegũd los ſsabios moſstrarõ, maguer el ome gana prez, e hõrra, en vẽccr ſsus enemigos: e traerlos alo q̃ quiſsiere, mucho la gana mejor, quãdo lo ſsabe fazer de manera, q̃ el ſsea guardado de daño, e lo faga ẽ ellos. E porẽde nõ tan ſsolamẽte, mãdauan los antiguos, q̃ ſse carcauaſsſsen, mas aun q̃ ſsi fueſsſsen en lugar de madera, q̃ fizieſsſsen palẽques todo enderredor: e cadafalſsos, enderecho de las ſsalidas de la hueſste que aſssi fueſsſse cõtra los de fuera, como cõtra la villa. E aun faziã otra coſsa, que por q̃ los de fuera fueſsſsen mas eſsforça dos, e los de dẽtro cogieſsſsen mayor eſspãto: q̃ las credades de los q̃ fueſsſsen cercados, partyan a los de la hueſste, e las fazian labrar a viſsta de los enemigos. E eſsto faziã por dar voluntad a los ſsuyos, para fazer bien, e que les entre miedo a los de dentro para traer los mas ayna, a lo q̃ ellos quiſsieren. E todas eſstas coſsas deuẽ fazer los cabdillos: e mandar las fazer cada vno, en ſsu lugar: aſssi como cõ uiene. E ſsobre todo deuen catar, que ningun ome nõ ſsea oſsado, de derramar, nin de yr a los enemigos, ſsi nõ quando gelo mandarẽ, b en aquella guiſsa, que mayor daño les podran fazer. E los q̃ aſssi nõ lo fizieſsſsen que quiera que los cabdillos los fizieſsſsen, por eſscarmiẽto, non les deue ſser acaloñado: ſsegund dize en la ley ſsobre dicha. E por el yerro que los cabdillos fizieſsſsen, de uen auer pena ſsegund eſsſsa miſsma ley.

Ley. XXIIII. Como deuen los que fueren en hueſste ſser aparejados de engeños, e de las otras coſsas que ſson meneſster para fazer daño a los enemigos.

ENgeños, e armas, e ferramientas de todas ma neras, deuẽ tener los Reyes guardadas en ſsus villas, mayormẽte en aq̃llas q̃ eſstuuieſsſsen en frõtera, para lleuar cõſsigo q̈ndo ouierẽ de cercar algũd logar, o para fazer mal de otra guiſsa a ſsus enemigos, ca eſste es teſsoro q̃ ſse torna en grãd pro. Lo vno, por q̃ aq̃llos q̃ los hã ſse mueſstrã en ello por mas poderoſsos. Lo al q̃ ſse hõrran por ello, apoderãdoſse de ſsus enemigos. Ca muchas vezes auiene q̃ mas ayna los tomã por ſsabiduria e por arte, q̃ por otro eſsfuerço nin por mucha gſste. E por eſsto deuẽ traer abõdo de todas eſstas coſsas, tãbiẽ de los engeños q̃ tyrã piedras por cõtra peſso: como de los otros q̃ los tyrã por cuerdas de mano. Otro ſsi, balleſstas muchas e arcos, e todas las otras coſsas q̃ tyrã ſsaetas, e aũ fondas de aq̃llas q̃ ſse tyrã por mano: e de las q̃ ſse tyrã cõfuſstes. Ca todas eſstas coſsas, ſson mucho meneſster, para cõbatir los enemigos, de q̃ fuerẽ cercados. E aun otros engeños ay, q̃ ſse deuẽ fazer, para derribar les las torres e los muros, o para les entrar por fuerça. E eſstos ſson de muchas maneras, aſssi como Caſstillos de madera: e gatas, e bezones, e ſsarzos tras do ſse hã de parar los balleſsteros, para tirar en ſsaluo a los de dẽtro. Otroſsi, cauas e carcauas cubiertas q̃ fazẽ para derribar los muros. E ſsin eſstas, hã de traer otras ferrarmiẽtas muchas, para fazer les daño, aſsſsi como picos, e açadões, e açadas, e palãcas de fierro pequeñas e grãdes, q̃ ſseã para derribar las torres, e los muros. Otroſsi, ſsegurones, e ſsegures, para cortar los arboles, e las viñas, e guadañas, e foces, para tajar los panes e todas las otras coſsas q̃ pudierẽ auer: o entẽdierẽ cõ q̃ les podrã fazer daño, por q̃ mas ayna lo cõquierã. E ſsi ſsupierẽ, q̃ hã de llegar a lugar peligroſso, ãte q̃ mueuã, a do quierẽ yr: e nõ hã abõdo de madera, cõ q̃ puedã fazer todas eſstas coſsas ſso bredichas, deuẽlo lleuar cõſsigo: o de q̃ fuerẽ alla, yr por | ello al lugar do entendierẽ q̃ lo podran a mas cerca fallar. E en eſsto nõ deuen re ſscelar trabajo, nin coſsta q̃ fagan, a pues q̃ por ello podran acabar lo q̃ quieren. Ca mayor es el pro q̃ dende han, q̃ la miſssiõ q̃ y meten, ſsi por ello acabã lo q̃ quieren. E todas eſstas maneras de engeños, e de ferramientas q̃ dicho auemos, deuen los cabdillos mayores, dar a otros q̃ las guar den. b e q̃ las tengan preſstas, e las den a omes q̃ ſsepan obrar con ellas, quãdo meneſster fuere. E eſstos cabdillos, q̃ las ouierẽ de guardar, deuen ſser cuerdos, e leales. E q̃ ſsepan leer, e eſscreuir, e contar, e ſsi nõ traer omes conſsigo, q̃ ſsean ſsabidores dello, por q̃ ſsepan recebir las coſsas con recabdo, e dar las otroſsi. Onde ſsi auinieſsſse yerro por ſsu culpa de los que eſstas coſsas deuieſsſsen de guardar, deuẽ auer pe na por aluedrio del Rey, ſsegund el daño q̃ viniere, por el yerro que fizieren. E eſsto miſsmo dezimos ſsi vinieſsſse por culpa de los cabdillos, que lo ouieſsſsen de mãdar.

Ley. XXV. Como deuen fazer daño a los enemigos enla manera q̃ ſsupierẽ q̃ verna mas daño.

FErramientas nin engeños, nin armas, maguer las han meneſster enla hueſste los omes, aſssi como diximos enla ley ante deſsta: nõ les tiene pro ſsi nõ ſsupieſsſsen fazer daño a ſsus enemigos con ellas. Ca ante les verniã dẽ de dos males. El vno, q̃ les coſstaria mucho en auer las. E el otro, para fazer las lleuar. E porende los antiguos q̃ vſsauã mucho las guerras, e eran biẽ ſsabidores delo fazer. cataron todas aquellas coſsas, con q̃ mayor daño podrian fazer, a aquellos cõ quien guerreaſsſsen, e mas ayna los podriã traer, alo que quiſsieſsſsen. E eſsta bleſscieron las por leyes, e por fuero, por que fueſsſsen mejor guar dadas: e fazian las leer a los ca ualleros e a los omes, ante q̃ entraſsſsen en la guerra, por que ſsupieſsſsen como deuiã obrar, quãdo fueſsſsen en ella. E ſseñaladamente, vna de las coſsas q̃ ellos catauã, era eſsta, que quãdo los enemigos podiã vencer cõ guerra ligera, que nõ ſse metieſsſsen en aquellas coſsas, en que yaze peligro. Aſssi como podiẽdo loscõquerir ſsolamẽ te por tyrar les, los frutos e la vianda, de xarlos de conbatir, o otra coſsa ſsemejan te deſsta. Ca lovno les era en ſsaluo. E lo al grand peligro. E catauã mucho al q̃ quãdo a ſsus enemigos daño auian de fazer, que gelo fizieſsſsen primero en aquellas coſsas en que mayor gelo pudieſsſsen fazer. Aſssi como en los panes, c e en los frutos, ſsi los ouiſsieſsſsen atajar, que los tajaſsſsen. E los demas cerca, porque no ſse pudieſsſsẽ dellos ayudar. Ca deſsto vienẽ dos proes. Lo vno q̃ tyran a ſsus enemigos aquello de que mas ayna ſse puedẽ valer, e lo al, q̃ les finca a ellos en ſsaluo, para acorrer ſse dello, quãdo quiſsieren. E eſsſso miſsmo del agua. Ca eſsto es la coſsa del mundo q̃ ante les deuen tirar: cada q̃ pudierẽ por q̃ muy menos pueden los omes ſsofrir la ſsed, que la fambre, d E eſsſso miſsmo deuen fazer, en todas las otras coſsas. Ca aquello les deuen ante fazer perder, lo q̃ entendieren q̃ mayor daño les fara. Otra coſsa vſsauã aun mucho los antiguos que era mucho prouechoſsa, q̃ en aquella guiſsa fazian daño a ſsus enemigos q̃ entendian q̃ mas cõuenia para ello, e con que mas les podian nuzir. Aſssi como tirar les el agua delos pozos por caño o deſsuiar les los rios a otra parte, por acequias, o q̃brantar los engeños que touieſsſsen de dẽ tro, con otros, que ſsupieſsſsen ellos fazer, q̃ tiraſsſsen de lexos. e mas ciertamente.

Ley. XXVI. Como deuen parar engeño a villa, o a caſstillo.

GVardauan ſse mucho los antigo os, de parar engeño, ſsi non a caſstillo: o avilla pequeña porque en tales lugares fazian daño derribã do los muros, e las torres, e aun las caſsas, e matãdo los omes lo q̃ non podiã fazer en las villas grãdes. Ca eſstas de lieue non ſse tomã ſsi no por fambre: o por furto, o por cauas, o por feridas de bocones, con quc, derribaſsſsẽ los muros, o por caſstillos de madera que llegaſsſsen a las torres con que les entraſsſsen por fuerça o por cõbatir los tan afincadamente, q̃ no los dexen pareſscer haſsta q̃ les ſsubieſsſsẽ por eſscaleras Pero tã biẽ en los lugares menores q̃ diximos, como eſstos mayores nõ ſse puedẽ tomar por ningũo, de eſstos cõbatimiẽtos, como ſsobre dicho auemos: menos de ſser los de fuera muchos, e mejores que los de dẽtro. Onde ha meneſster entodas eſstas coſsas q̃ diximos en eſsta ley: e en la q̃ es ante della: q̃ ſsſsabidores della los cabdillos, E que les mãden fazer e los omes: q̃ ſseã otroſsi a ellos, biẽ mãdados. Ca de otra guiſsa, nõ podria ſser q̃ nõ vinieſsſse ende vno, o dos daños. o q̃ ſse perdieſsſse el fecho, q̃ cuydauã fazer: o q̃ en lugar de fazer daño reſscebir lo yã. Porende la pena de los cabdillos: e de los otros, que erraſsſsen en alguna coſsa deſstas ſsobredichas, ſseria tal, como ſsobredicho es.

Lay. XXVII. Que pone diuerſsos nombres e maneras de guerrear.

COmbatir, ſsegũd los antiguos moſstrarõ, tanto quiere dezir. como combitamiẽto, que fazẽ ambas las partes, la vna cõtra la otra. Eſsto puede ſser en dos maneras. La vna, quãdo ſson amas eguales, e pu na cada vna de vencer la otra, o quando la vna es flaca, e puna en defender ſse de la mas fuerte. E porende en las tierras, do ſse fabla lenguaje de latin, dizen combatir, a todo fecho de armas, tambien quando li dian en cãpo, como quando cõbaten villa, o caſstillo, o lidiã vno cõ otro. Mas los de Eſspaña antiguamente, mudaron eſste nome en muchas maneras, ſsegund los fe chos de armas, e los omes, que los fazian E porende al cõbatir que diximos, touieron que cõuiene para dezir lo, non ſsobre otra coſsa, ſsi nõ ſsobre fortaleza, que quieren tomar. E el embarrar, es dicho quando los embarrã de manera, que a ninguna parte, nõ oſsan ſsalir. E que los han deſspues a entrar por fuerça. E por eſsſso a cada vno llamaron ſsu nome: por que los que lo oyeſsſsen, maguer non fueſsſsen en el fecho, ſsupieſsſsen por el nome en que manera fuera. E lid llamaron, quãdo ſse cõbaten en campo vno por otro, o dende adelante, quantos quier que fueſsſsen: do non ouieſsſse cabdillos, de la vna parte e de la otra, que traxeſsſsen ſseña caudal. E eſsſse miſsmo puſsierõ quando ſse ayuntauan rebatoſsamente de la vna parte e de la otra caualleros armados, que nõ yuan por hazes, nin trayã ſseñas. E fazienda, llamarõ do ay cabdillos de amas las partes, que faze cada vno ſsu poder, atendiendo ſsu Señor, e parando mientes, en acabdillar ſsu cõpaña. E batalla puſsieron, do ay Reyes de amas las partes, e tienen eſstandartes, e ſseñas, para ſsus hazes, con delantera, e con coſstaneras, e con çaga. Mas ſseñaladamente puſsieron eſste nome, por q̃ los emperadores, e los Reyes, quãdo ſse auian de ayuntar vnos con otros, para lidiar, ſsolian tañer trompas, e batir atambores, lo que non era dado a otros omes. E otra manera ay aun de lidiar, a q̃ llamaron Torneo a. E eſsto quando la hueſste paſsſsaca bo dela villa: o del caſstillo de los enemigos, o lo tienen cercado: e ſsalen a lidiar los de dentro con los de fuera: e tornaſse cada vno aluergar a ſsu lugar. E eſsſso miſsmo es quando las hueſstes poſsan en tiendas vnas cerca de otras, e ſsalen los caualleros de amas las partes, para fazer daño, a tropeles, o acompañas. Pero nõ tengan los omes, q̃ eſste torneo ſse entiende, por los torneamẽtos, que vſsan los omes en algunas tierras, non por matar ſse, mas por fazer ſse a las armas, que las nõ oluiden: por que ſsepan como han de fazer cõ ellas, a los fechos verdaderos, e peligroſsos. E eſspolonada llaman a otra manera de lid, quando los de la hueſste tienen algund lugar, de los enemigos cercado, e paſsſsaſsſsen cabe ellos, e los de dentro los cometen, de guiſsa, por que los de fuera, han por fuerça aderonchar con ellos. E por que eſsto deue ſser de rezio, e muy ayna por eſsſso, la llamarõ eſspolonada. Onde en todas eſstas maneras de lidiar, que dicho auemos, ha meneſster que ſsean muy ſsabidores los cabdillos, de acabdillar los omes en cada lugar, ſsegund conuiene al fecho, que quieren fazer. Ca de otra manera, en lugar de vencer, podrian ſser vencidos, e ally do cuydarian ganar, perderian. Otroſsi, los de la hueſste, deuen ſser muy mãdados, de ſsus cab dillos, de nõ ſse derramar, nin de yr, a ningund lugar, ſsin mandamiento de ſsus cabdillos. Ca ſsegund los an tiguos moſstraron, tres males grandes yazen en eſsto, a los que lo fazen. Primeramente, que ſsalen de man dado de ſsus mayores, que es muy loco atreuimiento, e grand auoleza, por que ſse mueſstra, que lo fazen, por non ſse atreuer a fazer bien, con los buenos, e porque no puedẽ ſsofrir miedo, en que ſsemeian a los ma los. Lo al, por el daño, e por el mal, que podria venir a los de la hueſste, por ſsu deſsmandamiento. El tercero mal que dende vernia, ſseria la pena que ellos deuian recebir, por el yerro que fizieſsſsen a los cabdillos, por razon dellos, ſsi gelo vedaſsſsen. Ca ſsegund los an tiguos dixeron, mayor miedo deuẽ auer los de la hueſste de la pena que entienden de recebir del Señor, en la manera que ſsobredicha es, por los yerros que fizieren, que non el peligro, o la muerte, que los enemigos les pueden dar.

Ley. XXVIII. Como los omes deuen ſser acabdillados: & quantas maneras ſson de caualgadas.

GVerras, ay otras de muchas maneras, ſsin las que diximos en las leyes ante deſsta, cõ que pueden los omes fazer mal a ſsus enemigos, en que ſse acaeſsce, que lidian algunas vegadas. Otroſsi: en que han meneſster de ſser biẽ ſsabidores, de fazer las, e muy cabdillados en ellas, e por que los nomes que han, ſsean ſsabidos, e conozcan, los q̃ en ellas fueren, lo que han de fazer. Queremos lo dezir en eſste libro, ſsegund los ſsabios moſstraron, que llamaron algunas dellas caualgadas. Aſssi como quando parten algunas compañas ſsin hueſste, para yr apreſsſsuradamente acorrer algund lugar, a fazer daño a ſsus enemigos, o quando ſse apartan de la hueſste, deſspues que es mouida para eſsſso miſsmo. E eſstas caualgadas ſson, en dos maneras. Ca las vnas ſse fazen concejeramente, e las otras en encubierta. E aquellas concejeras han meneſster tan grand poder de gente, que ſse atreuan a armar tiendas, e a fazer fuegos mientra en la caualgada andan, e en la ſsalida della. E en eſsta han de yr muy cabdillados, por que no ſsean deſscubiettos en la entrada, e puedan mejor acabar ſsu fecho. Ca deſspues que lo ouieren acabado: bien ſse pueden moſstrar, ſsegund diximos, ſsi fueren tantos, e atales que ſse atreuan a lidiar con los, que contra ellos vinieren. La ſsegunda, que ſse | faze encubiertamẽte, es quando los que van en caualgada, ſson poca compaña: e han tal fecho de fazer: que nõ quierẽ ſser deſscubiertos, miẽtra en la tierra delos enemigos fueren, E eſste, nome de caualgada puſsieron, de que han de caualgar a prieſsſsa. E non deuen lleuar las coſsas q̃ les embargue, para yr ayna a fazer ſsu fecho. Ca biẽ como a los de la hueſste poderoſsa conuiene q̃ vayã aprieſsſsa a los enemigos, catando, e metyendolos en miedo, aſsſsi conuiene a los de la caualgada, de no yr de vagar. E deuen mucho mas andar de noche, q̃ non de dia. E ayan tales homes q̃ los ſsepã guiar por lugares encubiertos: porque no ſseã viſstos delos enemigos. E por eſsſsa meſsma razon, deuen paſsſsar por lugares baxos, e tambiẽ en yendo, como en paſsſsando, deuen auer de dia atalayas, e deſscubridores, e de noche eſscuchas. e rõdas, por que non ſsean adeſsora des baratados. E todas eſstas coſsas q̃ dicho auemos, han meneſster de ſsaber los cabdillos. Ca muchas vegadas: do les conuerna fablar ſseran callando: e quando quiſsieren comer, o beuer, o dormir, non gelo dexarã fazer. E eſsto, por que non vengan a peligro de ſser deſscubiertos: por que no puedan ſser deſsbaratados, o preſsos, o muertos. E ſsin eſstas caualgadas q̃ diximos, aun y ha otras, a q̃ llaman dobles, e eſsto es quãdo los dela caualgada han hecho ſsu preſsa, e ante q̃ lleguẽ con ella al lugar donde ſsalieron, tornan otra vez a tierra de los enemigos a fazer les daño, e porende llamã los ladinos riedro caualgada. E los antiguos ſsacaron eſsta manera de guerra, por que fallaron q̃ era mas dañoſsa, quc las otras, en razon que las gentes eſstã mas ſseguras. E reſsciben porende mayor daño, que de otra guiſsa. Onde los cabdillos que en todas eſstas maneras de caualgadas nõ ſsupieſsſsen, biẽ cabdillar a los q̃ con ellos fueſsſsen, ſsi algun daño les vinieſsſse por culpa del, deuẽ auer pena ſsegund diximos en las otras leyes, E eſsſso miſsmo dezimos de los que ſse deſsmandaſsſsen.

Ley. XXIX. Como deuen fazer las algaras, & las correduras.

ALgaras, o correduras, ſson otros maneras de guerrear, q̃ fallaron los antiguos, q̃ erã muy prouechoſsas, para fazer daño a los enemigos. Ca el algara, es para, correr la tierra, e robar lo q̃ y fallarẽ. E eſsta ſse deue fazer ſsegũd diximos en la ley q̃ fabla delas atalayas, corriẽdo los logares de los enemigos, e robãdo primeramente lo q̃ mas cerca fallarẽ. E deſstas vienẽ dos bienes. El vno, q̃ les fazẽ daño. E el otro q̃ ſse mueſstrã en ello, por mas eſsforça dos. Pero en fecho deſstas algaras, es de catar tres coſsas. La primera, q̃ los corredores, ſsepã bien la tierra, por do hã de correr. Otroſsi do hã de tornar aſsus cõpañas, e q̃lie uẽ buenas beſstias: e ſseã ligeramẽte armados. Ca ſsi eſsto nõ fizierẽ, en tal lugar, podriã echar el algara, q̃ ſserian y desbaratados. E ſsi nõ lo fueſsſsen de yda, ſser lo yan de tornada, q̈ndo nõ ſsopieſsſsen, do ſse auiã de acoger. La. ij. razon es, q̃ caten dõde echarã las algaras, e q̃ aguijẽ mucho a tal lugar, q̃ puedan, y llegar los q̃ lo fazen, ante q̃ les canſsen los cauallos. Ca de otra guiſsa, venir les yan ende dos daños. El vno, q̃ nõ podriã biẽ robar. E lo al, q̃ podriã ſser por ello ayna desbaratados, o alomenos perderiã, lo q̃ ouieſsſsen tomado. La. iij. es, q̃ ſsea el algara muy guardada de buena compaña, que vaya ſsiẽpre en pos della: a que ſse pueda ayna acoger cõ la preſsa, q̃ tomarẽ, en que ayã ayuda e cobro, ſsi deſsbaratados fueren, fallãdolos los enemigos departidos, e robãdo. E la corredura es, quãdo algunos omes ſsalen de algund lugar, e toman talegas, para correr la tierra de los enemigos, e tornanſse al aluergada, dõde ſsalierõ. E eſsta ſse deue fazer e cabdellar, en manera que el algara, nõ reciba daño de los enemigos. E por que eſsto non ſse faze, ſsi nõ de poca cõpaña: por eſsſso hã de yr a furto, e nõ pala dinamete, como los de la algara. E por eſsſso es llamada corredura, por que los q̃ vã en ella, hã de yr ayna, e venir ſse, quanto mas ayna ellos venir ſse pudieren.

Ley. XXX. Que coſsas deuen catar los q̃ ſse metẽ en las celadas.

CElada a, es otra manera de guerra, q̃ los antigos aſsacarõ, para fazer daño aſsus enemigos. E eneſsto deuẽ ſser catadas tres coſsas. La vna, a qual lugar la echa, ſsi ay grãd poder, o nõ, lo ſsi ſsõ omes que vſsen de guerra, o de otra coſsa. La. ij. razõ, que catẽ en qual lugar ponẽ la celada: ſsi es cerca, o lexos de alli, do quieren fazer el daño, e que ſsea en lugar celado, ca por eſsſso han eſste nome. E ſseñaladamẽte deuẽ catar, q̃ el lugar do yoguierẽ, que ſsea tal, de que puedã ayna ſsalir. E eſsto por dos razones. La. j. que non ſsea lugar embargoſso, por q̃ quãdo los enemigos ſsacaſsſsen a la cela da, nõ pudieſsſsen ayna recodir della. La. ij. por que ſsi tã poderoſsos fueſsſsen los enemigos, que vinieſsſsẽ a la celada a ellos, que pudieſsſsen ayna ſsalir della, e parar ſse en otro lugar, q̃ fueſsſse mas ſsin ſsu daño. La. iij. razõ q̃ deuẽ otroſsi mucho guardar, es que ſsean ſsabidores de guerra, los q̃ hã de attẽder los enemigos, q̃ vinieſsſsen a la celada, e ſsaber los ſsacar, e fazer las coſsas por que los ayã a traer a ella. E aũ deuẽ ſser ſsabidores, los q̃ los ſsacarẽ, de nõ los lleuar derechamẽte ala celada: mas paſsſsar los allẽ de della, de guiſsa q̃ nõ la veã: por q̃ puedã ẽtrar ẽtre los enemigos, e el lugar dõde ſsalierẽ ꝑa fazer les mayor da ño. E los q̃ yoguieſssẽ ẽ la celada: deuẽ yazer muy celados: e toda via tener ſsus atalayas ẽcubiertas, do nõ pue dã ellos ſser viſstos, e puedã ver los otros q̈ndo vinierẽ. Onde tãbiẽ ẽ eſstas celadas, como ẽlas algaras, e ẽ las correduras, q̃ de ſsuſso diximos: deuẽ ſser muyſsabidores los | cabdillos, en mandar fazer todas eſstas coſsas ſsobredichas: e las otras que entendieren, que cõuienen al fecho, que quieren fazer. E los que ſse ouieren por ellos a cab dellar, deuen ſser muy mandados, e los q̃ aſssi non lo fizieſsſsen, tambien los cabdillos, como los otros, deuen auer la pena ſsobredicha, que es en eſstas otras leyes.
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