TEnudo es el rey non tan
ſso lamente de amar, e honrrar e guardar a
ſsu pueblo, a
ſssi como dize enel titulo ante de
ſste, mas aun a la tierra mi
ſsma, de que es Señor. Ca pues que el e
ſsu gẽte, biuen delas co
ſsas, que enella
ſson. E han della, todo lo que les es mene
ſster, con que cũplen e fazen todos
ſsus fechos derecho es la amen, e la honrren, e la guarden. E el amor q̃ el rey la deue auer, es en dos maneras. La vna, en voluntad. La
ſsegunda. en fecho. La que es en voluntad, deue
ſser cobdiciando, que
ſsea bien poblada, e labrada e plazer le
ſsiempre que aya en ella buenos tiempos. La
ſsegunda, que es de fecho, es en fazer la poblar de buena gente, e ante delos
ſsuyos
a que delos agenos,
ſsi los pudiere auer, a
ſssi como de caualleros, e de labradores, e de mene
ſstrales, e labrarla, porque ayan los omes los frutos della mas abomdadamente. E maguer que la tierra non
ſsea buena, en algunos lugares, para dar de
ſsi pan, e vino, e otros frutos, que
ſson para gouierno delos omes. Con todo e
ſsſso, non deue el Rey querer que le finque yerma, ni por labrar, mas fazer
ſsobre ella, aquello que entendieren los omes
ſsabidores. Ca podra
ſser, que
ſsera buena para otras co
ſsas, de que
ſse aprouechen los omes que non puedan e
ſscu
ſsar, a
ſssi como para
ſsacar della metales: o para pa
ſsturas de ganados, o para leña, o madera, o otras co
ſsas
ſsemejantes, que han mene
ſster los omes. Otro
ſsi deuen mandar labrar las puentes,
b e las calçadas, e allanar los pa
ſsſsos malos, por que los omes puedan andar, e lleuar
ſsus be
ſstias, e
ſsus co
ſsas, de
ſsembargadamẽte, de vn lugar a otro, de manera que las non pierdan en los pa
ſsſsajes delos rios, ni en los otros lugares peligro
ſsos, por do fueren. E deuen otro
ſsi mandar fazer ho
ſspitales en las villas, do
ſse acojan los omes,
c que non ayan a yazer en las calles, por men|
gua de po
ſsadas. E deuen fazer alberguerias
a en los logares yermos, que entendieren que
ſsera mene
ſster, por que ayan las gentes, do
ſse albergar
ſseguramente, con
ſsus co
ſsas, a
ſssi que non gelas puedan los malfechores furtar, ni toller. Ca de to do e
ſsto
ſsobredicho, viene muy grã pro, a todos comunalmente,
b por que
ſson obras de piedad. E puebla
ſse por y mejor la tierra. E a vn los omes han mayor
ſsabor de beuir, e de morar en ella.