Los quales dizen las costumbres, que ay en esto en todas naciones, i los nombres que suelen dar à este genero de bienes, i las varias especies en que los dividen, todas las quales abraç ò nuestra ley del Reinos,
en estas palabras: Toda la cosa que fuere hallada en qualquier manera mostrenca desamparada, debe ser entregada à la justicia del lugar, Ò de la jurisdicion en que fuere hallada, i debe ser guardada un año: I si dueño no pareciere, debe ser dada para nuestra Camara. Supuesto, que no se cō tentando contentando con aver dicho Toda, i co sa, que son palabras, ò dicciones tan universales, i generales, como es notorio,
añadio, En qualquier manera mostrenca desamparada, que aun contienen mayor universalidad, i de su naturaleza, conforme las reglas del derecho.
estienden la disposicion à todos los casos, i cosas halladas en qualquier manera, i comprehenden no solo las semejantes, sino aun las que no lo sean, ò puedan parecer mayores, que las expressadas. I lo mesmo muestran las leyes siguientes, que con solo dezir, Cosas halladas, i de Mostrenco, les pareciò, que avian dicho lo que bastaba para comprehender todas aquellas, que se hallassen sin dueño, i cuyo dominio fuesse incierto, assi animadas, como inanimadas, porque no permiten, ni admiten distinciones las leyes, que hablan con palabras tan generales.
Loading...