I aun es mas expresso para este intento, un titulo entero del Ordenamiento Real,
de donde se tomaron algunas de las dichas leyes Recopiladas, el qual se contẽ tò contentò con poner por rubrica, De las cosas falladas, que se llaman mostrẽ cas mostrencas , i con esso juzgò aver comprehendido quantas especies dellas se pudiessen imaginar, i nos puso en el camino de otra dotrina, que enseña,
que la intencion del estatuto se declara por las palabras de su rubrica, i de ella es licito formar argumento para explicarle.
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