I aun es mas expresso para este
intento, un titulo entero del Ordenamiento Real,
de donde se
tomaron algunas de las dichas leyes Recopiladas, el qual se
contẽ
tò
contentò
con poner por rubrica,
De las
cosas falladas, que se llaman
mostrẽ
cas
mostrencas
,
i con esso juzgò aver comprehendido quantas especies dellas
se pudiessen imaginar, i nos puso
en el camino de otra dotrina, que
enseña,
q̃
que
la intencion del estatuto se declara por las palabras de
su rubrica, i de ella es licito formar argumento para explicarle.