Pero con advertencia, que el
procurador que assi dexaren, ha
de responder à los cargos, sin escusarse, por dezir que no se halla
instructo suficientemente, i que se
vayan à notificar en persona al residenciado, porque este se debe
imputar à si mesmo la culpa, de
no le aver dexado bien instruido, como lo advierte bien Gregorio Lopez.
Por cuya dotrina i otras lo declarò assi el Consejo estos dias en un pleito muy
ventilado. Si bien se reconocio,
que si el reo estuviesse presente,
aunque huviesse dado poder, ò en
parte tan cercana que breve i facilmente pudiesse ser avisado, ô
en el poder se reconociessen algunos defetos, ser lo mejor, i mas seguro, notificarle los cargos en
persona, especialmente si fuessen graves, como por dotrina
de Angelo, i otros muchos lo
resuelven Iulio Claro, i su Adicionador Baiardo, i latissimamente Farinacio, i otros Dotores.