Entre los quales el glorioso S. Bernardo, con reconocer el grāde grande general bien, que traxeron al mundo estos Tribunales Supremos, que en el se han formado, para conocer en grado de apelacion, i que este remedio, ò recurso es tan necessario como el Sol à los hom| bres, pues mediante el, el sol de la justicia, descubre, i redarguye las obras de las Tinieblas. Todavia considera, que viene à ser dañoso, porque algunos le abusan, no por sentirse gravados, ò agravia dos en las sentencias de los inferiores, sino por gravar, i agraviar ellos à sus colitigantes por este medio, i dar tiempo al tiempo con dilaciones injustas. I assi pide encarecidamente al Papa Eugenio III.
que procure, se ataje esto, ordenando, que no se admitan las apelaciones frivolas, i afectadas, sino solo las justas, demanera, que el remedio dellas no sea sufugio, sino refugio. El qual lugar, no he halla do citado en Sigismũdo Sigismundo Scaccia,
aunque junta otros del abuso de las apelaciones, i del cuidado, i brevedad que se debe tener i poner en determinarlas.
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