Entre los quales el glorioso S.
Bernardo,
cō
con
reconocer el
grāde
grande
general bien, que traxeron al mundo estos Tribunales Supremos,
que en el se han formado, para conocer en grado de apelacion, i que
este remedio, ò recurso es tan necessario como el Sol à los hom|
bres, pues mediante el, el sol de la
justicia, descubre, i redarguye las
obras de las Tinieblas. Todavia
considera, que viene à ser dañoso,
porque algunos le abusan, no por
sentirse gravados, ò agravia dos
en las sentencias de los inferiores,
sino por gravar, i agraviar ellos à
sus colitigantes por este medio,
i dar tiempo al tiempo con dilaciones injustas. I assi pide encarecidamente al Papa Eugenio III.
que procure, se ataje esto, ordenando, que no se admitan las apelaciones frivolas, i afectadas, sino
solo las justas, demanera, que el
remedio dellas no sea sufugio, sino
refugio. El qual lugar, no he halla
do citado en
Sigismũdo
Sigismundo
Scaccia,
aunque junta otros del abuso de
las apelaciones, i del cuidado, i
brevedad que se debe tener i poner en determinarlas.