Punto, que à todos los Consejos, Audiencias, i Tribunales, i particularmente à los de nuestras Indias, està (como he dicho) muy encargado por sus leyes, i ordenan
ças,
dando por razon,
Que se alegan los pleitos, por razones maliciosas de los demandados. I encomendandoles assimesmo, por el
mesmo respeto, que sean puntuales en acudir à sus Audiencias, las
horas señaladas para ellas, guardando el respeto i silencio debido
à su Tribunal,
i procurando oir
con atencion los negocios que à el
ocurrieren, i hazerse, i quedar capaces, i bien enterados dellos, aprovechando el tiempo que es tan
precioso. I escusando vanas, i ociosas porfiadas contiendas i disputas con las partes, i sus Abogados.