La qual pratica toma su fundamento, de que como la jurisdicion
de este juzgado es privativa para
esta especie de causas, i bienes, deroga à la general, i ordinaria,
segun la dotrina de algunos textos,
por cuyo
argumẽto
argumento
dixo Cino,
q̃
que
el Iuez delegado contra
algũ
algun
deudor, para hazerle pagar lo
q̃
que
debe, puede
tābien
tambien
proceder
cōtra
contra
los fiadores de este deudor. I Stracha, i otros
ponen otros
exẽplos
exemplos
para apoyar el de la jurisdicion de
los Mercaderes, i de los Estudiantes.