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I aviendo escrito el Virrey de Mexico don Antonio de Mendo ça, que le parecia mas decente, i conveniente, que de las causas civiles de los Oidores, i Ministros de la Audiẽcia Audiencia , se tratasse, i conociesse privativamẽte privativamente ante los Virreyes, se le respondiò en carta del año de 1552.
Extat d. 2. tomo, pag. 56.
Que guardasse cerca de esto las leyes del Reino. Por manera que sean convenidos ellos, i sus criados ante los Alcaldes Ordinarios, si la parte quisiere, i sino, que los pueda pedir en essa Audiencia Real. El qual Texto, aun ayuda mucho mas lo que avemos dicho, de que los particulares podràn tener caso de Corte contra los Oidores, si quisieren valerse del.
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