I aviendo escrito el Virrey de
Mexico don Antonio de Mendo
ça, que le parecia mas decente, i
conveniente, que de las causas civiles de los Oidores, i Ministros
de la
Audiẽcia
Audiencia
, se tratasse, i conociesse
privativamẽte
privativamente
ante los Virreyes, se le respondiò en carta del
año de 1552.
Extat d. 2. tomo, pag. 56.
Que guardasse cerca de esto las leyes del Reino. Por
manera que sean convenidos ellos, i
sus criados ante los Alcaldes Ordinarios, si la parte quisiere, i sino,
que los pueda pedir en essa Audiencia Real.
El qual Texto, aun ayuda mucho mas lo que avemos dicho, de que los particulares podràn tener caso de Corte contra
los Oidores, si quisieren valerse
del.