I no van lexos de este mesmo intento i razon, otras cedulas Reales de los años de 1513. 1523.
q̃
que
mandan,
q̃
que
tambien se pague diezmo en las Indias de la cal, teja, i
ladrillo, aunque este, como entonces, se iban labrando tantas Igle
sias, se manda aplicar à la fabrica
dellas.