Las quales cedulas no se puede negar ser muy conformes à las
reglas del derecho Canonico, que
en primer lugar prohiben ordenar ilegitimos sin dispensacion
Pō
tificia
Pontificia
.
I en segundo, que aunque
estèn dispensados para las ordenes, se requiera otra dispensacion
especial para poder tener Prebendas, i mas en Iglesias Catedrales,
ò beneficios con Cura de Almas,
como lo prueban muchos Textos
i Autores,
que dan varias razones de estas dotrinas.