Las quales cedulas no se puede negar ser muy conformes à las reglas del derecho Canonico, que en primer lugar prohiben ordenar ilegitimos sin dispensacion Pō tificia Pontificia .
I en segundo, que aunque estèn dispensados para las ordenes, se requiera otra dispensacion especial para poder tener Prebendas, i mas en Iglesias Catedrales, ò beneficios con Cura de Almas, como lo prueban muchos Textos i Autores,
que dan varias razones de estas dotrinas.
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