I aviendo respondido el Principe, que en execucion de esta cedula procurò se quitassen algunas dotrinas que servian Religiosos menos idoneos; i que los demas dentro de ocho meses pareciessen ante sus Ordinarios à ser examinados, se le dieron las gracias de este cuidado, por un capitulo de carta fecha en Madrid 17. de Março de 1619. i se le encarga que en lo de adelante le continuè, Demanera, que no se dè aprobacion à ningun Religioso, sino constare que sabe muy bien la lengua, i tiene las demas partes necessarias.
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