I aviendo respondido el Principe, que en execucion de esta cedula procurò se quitassen algunas
dotrinas que servian Religiosos
menos idoneos; i que los demas
dentro de ocho meses pareciessen
ante sus Ordinarios à ser examinados, se le dieron las gracias
de este cuidado, por un capitulo
de carta fecha en Madrid 17. de
Março de 1619. i se le encarga
q̃
que
en lo de adelante le continuè,
Demanera, que no se dè aprobacion à
ningun Religioso, sino constare que
sabe muy bien la lengua, i tiene las
demas partes necessarias.