Pero como en las Indias, segun lo que he referido, se passan à governarla con sola la cedula de su Nominaciō Nominacion , ò Presentacion, viene à te| ner el punto mas dificultad, porque parece, que aun que no se ayā ayan expedido las Bulas, este acto de desamparar el Presentado su primera Iglesia, i irse à governar la segunda, induce una total abdicacion, i renunciacion de la jurisdicion, i administracion della, desuerte, que ni por si, ni por sus Vicarios le quede derecho de retenerla, ni exercerla, sino que luego que se ausenta, se induzga, i pueda publicar la Sedevacante, segũ segun lo que de la fuerça i efetos de semejantes renunciaciones expressas, ò tacitas, que resultā resultan del mesmo hecho, en materias beneficiales traen Antonio Gabriel, Flaminio, Galeracio, i otros Autores.
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