Pero como en las Indias, segun
lo
q̃
que
he referido, se passan à governarla
cō
con
sola la cedula de su
Nominaciō
Nominacion
, ò Presentacion, viene à te|
ner el punto mas dificultad, porque parece,
q̃
que
aun
q̃
que
no se
ayā
ayan
expedido las Bulas, este acto de desamparar el Presentado su primera Iglesia, i irse à governar la segunda, induce una total abdicacion, i renunciacion de la jurisdicion, i administracion della, desuerte, que ni por si, ni por sus Vicarios le quede derecho de retenerla, ni exercerla, sino que luego
q̃
que
se ausenta, se induzga, i pueda publicar la
Sedevacante,
segũ
segun
lo que
de la fuerça i efetos de semejantes
renunciaciones expressas, ò tacitas,
q̃
que
resultā
resultan
del mesmo hecho, en
materias beneficiales traen Antonio Gabriel, Flaminio, Galeracio,
i otros Autores.