I los mesmos Reyes para descargo de sus conciencias, lo suelen dexar declarado en sus testamentos, como consta de algunas leyes recopiladas,
i de la clausula del señor Rey don Felipe Segũdo Segundo , cuyas graves palabras pusiera aqui, à no averlas ya puesto Melchor Phebo en una de sus decisiones de Lusitania,
i hallarme con dotrina expressa de Bleiniano, i otros Dotores,
que en los terminos de estas mesmas vacantes de que tratamos, enseñan, que las enagenaciones de las rentas dellas, solo pueden prejudicar, i prejudican al Rey que las hizo, sin passar de su vida, ni de la de los que las impetraron.
Loading...