Pero en esto deben ir con gran tiento, i recato los Prelados, para no exceder, ni dexarse enga ñar, llevando derechos, por las ordenes que confieren, dimissorias, testimoniales, sellos, ò otras cosas que miren à esto, pues les està prohibido que no los reciban por si, ni por sus Ministros, aunque se diga, que se los dan, i ofrecen voluntariamente, como lo ordena el santo Concilio de Trento, i se lo advierten muchos Dotores,
que dizen, que no valdrà la costumbre en contrario. I lo mesmo enseñan, i resuelven otros, en quanto à las dispensaciones matrimoniales, i colaciones de los beneficios, conformandose con lo que tambien sobre esto tiene ordenado el mesmo Concilio.
Loading...