Pero en esto deben ir con gran
tiento, i recato los Prelados, para no exceder, ni dexarse enga
ñar, llevando derechos, por las ordenes que confieren, dimissorias,
testimoniales, sellos, ò otras cosas que miren à esto, pues les està
prohibido que no los reciban por
si, ni por sus Ministros, aunque se
diga, que se los dan, i ofrecen voluntariamente, como lo ordena el
santo Concilio de Trento, i se lo
advierten muchos Dotores,
que
dizen, que no valdrà la costumbre en contrario. I lo mesmo enseñan, i resuelven otros, en quanto à las dispensaciones matrimoniales, i colaciones de los beneficios, conformandose con lo que
tambien sobre esto tiene ordenado el mesmo Concilio.