Pero en quāto quanto excluye, ò deniega, que los litigantes en esse caso, no puedā puedan recurrir al Papa, ni apelar para èl, se puede tener por inductiva de nuevo derecho, i correctoria del antiguo, pues segun èl, podian si quisiessen, apelar para el Papa, omitiẽdo omitiendo el medio del Arçobispo, por ser como es el Papa juez ordinario de todos los Ordinarios, i que en apelando para èl, quedan ligadas las manos de los inferiores, en tal forma, que si el Metropolitano sabiendo esto, quisiesse todavia proceder en la causa como juez ordinario de estas apelaciones, seria nulo el processo, i incurriria en otras penas que por derecho les estan impuestas.
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