Pero en
quāto
quanto
excluye, ò deniega,
q̃
que
los litigantes en esse caso, no
puedā
puedan
recurrir al Papa, ni apelar para èl, se puede tener por inductiva
de nuevo derecho, i correctoria
del antiguo, pues segun èl, podian
si quisiessen, apelar para el Papa,
omitiẽdo
omitiendo
el medio del Arçobispo,
por ser como es el Papa juez ordinario de todos los Ordinarios, i
q̃
que
en apelando para èl, quedan ligadas las manos de los inferiores, en
tal forma, que si el Metropolitano sabiendo esto, quisiesse todavia
proceder en la causa como juez ordinario de estas apelaciones, seria
nulo el processo, i incurriria en otras penas que por derecho les estan impuestas.