I esto lo tienen algunos por tan llano, i verdadero, que passan à dezir, que los dichos Notarios, si fueren legos, podran ser visitados, i sindicados de estos excessos, no solo por el Obispo à quien sirven, ò sus Vicarios, que esso no recibe duda, como lo refiere Bobadilla,
sino tambien por los juezes Reales seculares, segun lo dize Iorge Cabedo,
trayendo para ello un Arresto del Senado de Portugal, por el qual se declarò, que el conocimiento de las apelaciones de las causas, en que avian sido acusados ciertos Notarios Eclesiasticos, porque excedian la tassa de los derechos, ò aranceles de las escrituras, i autos que ante ellos passaban, contra lo dispuesto por las ordenā ças ordenanças de aquel Reino, perteneciesse à los juezes de la Chancilleria.
Loading...