Pero porque mi intento, assi en este capitulo, como en otros, solo es tocar lo particular de las Indias, i que en ellas vi praticar, ò dudar, i en que ò fui juez, ò Consultor: la primera question sea, si estarán los Obispos obligados à poner estos Vicarios generales, aunque no quieran, i digan que por si estan dispuestos, i expuestos a exercer todo lo que à ellos se les suele cometer? Como de hecho lo pretendio hazer i introducir el Reveren. Obispo de Arequipa don Fr. Pedro de Perea.
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