La segvnda question que se ofrecio, con ocasion de las divisiones de los Obispados de que vamos tratando, fue, en quien debe quedar la jurisdicion del dividido, si sucediere morir el Obispo nuevamente criado para èl, antes de aver entrado en su possession, i governacion, i puesto en execuciō execucion la division, i ereccion de la nueva Iglesia que se le cometio? Como sucedio los años passados en don Fr. Christoval Rodriguez, que venia proveido para la de Arequipa, i don Luis de Carcamo para la de Truxillo.
Loading...