I ya oy, assi de todas las Encomiendas, como de las demas cosas que son, ò pueden ser de gracia i merced Real, oficios, beneficios, renunciaciones, i dispensaciones se lleva otra media Anata, por los nuevos decretos i pragmaticas, que para ello se promulgaron en Espa ña, i se mandaron estender à las Indias el año de 1633. por pedirlo assi el grande aprieto de tantas guerras en que se hallaba su Magestad, i los excessivos gastos que en ellas se le ocasionaban, los quales han obligado à valerse de este i otros medios de sacar i jũtar juntar dinero; sintiendolo el que los manda executar, no menos que los que los vienen à pagar, i assi espero en Dios, que han de cessar, como fuerẽ fueren cessando estas desventuras, i que la paz tan deseada nos bolverà el sossiego, que en esto i en otras cosas nos ha quitado la calamidad de tan porfiadas guerras, como en semejante proposito lo dixo el Emperador Iustiniano.
Porque bien sabido es por todos el daño que causan tales imposiciones, i lo que se mandan escusar enderecho, de que escribẽ escriben mucho muchos Autores,
i por ventura yo bolverè a dezir algo en otro lugar.
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