Pero es de advertir, que he ido
diziendo que estas tercias partes
se quitan ò sacan en as del Perù,
porque en otras aun no se ha praticado esta introduccion, excepto
que en el Nuevo Reyno de Granada, de qualquier Encomienda,
por una vez, se paga media Anata,
sino es que sea tan tenue, que no
baste para ello, i de esta paga se
mā
da
manda
hazer especial mencion en los
titulos que se les dieren para las
dichas Encomiendas, por cedula
de Madrid 15 de Otubre del año
de 1622. que refiere el Licenciado
Antonio de Leon