Porque, como lo advierte bien
Petro Petra, tratando de la clausula
ex certa scientia,
siempre que
el Papa, ò qualquier otro Principe, confiere feudos à infantes, ò
otros que padecen los impedimentos referidos, siendo sabidor dellos, es visto hazerles juntamente
esta gracia i dispensacion de
q̃
que
cumplan sus cargas por sustituto. Con
el qual
cōtesta
contesta
Antonio Borrinio,
haziẽdo
haziendo
capitulo particular de este punto,
que tambien le previno la Provision del año de 1536.
que tantas vezes llevo citada en
los capitulos antes deste,
diziẽdo
diziendo
:
Cō
Con
cargo
q̃
que
hasta
tāto
tanto
q̃
que
sea de edad
para tomar armas,
q̃
que
tenga un escudero, que nos sirva en la guerra, con
la costa que su padre sirvio, i era obligado.