I enefeto, aunque en la sucession de los ascendiẽtes ascendientes , i transversales, se representa la persona, grado, i derecho de aquel â quien se trata de suceder. En la de los descendientes, solo atendemos el grado, quā do quando , como en el caso presente, tienẽ tienen por si, i para si llamamiento, i derecho particular à la tal sucession, i le piden, i quieren por su propria persona, sin necessitar de valerse de la de su padre, ni su derecho, ni poderles ser de embaraço el impedimento accidental de sus padres, como magistralmẽte magistralmente lo enseñ ò Bartolo,
à quiẽ quien siguen los demas comunmente. I Baldo
trayendo un simil muy à proposito, i unas palabras muy notables en el caso de una hija, que en sus pactos dotales hizo uno, de no suceder à sus padres, i le firmò con juramento; i resuelve, que aunque à ella la dañe, i excluya, no assi á sus hijos; porque aun que entran en su lugar, no es por su derecho, el qual ya ella dexò extinguido por su renunciacion, sino por el que à ellos mesmos les compete, entrandose en el que hallā hallan vacante de la herencia de sus abuelos; la qual dotrina i palabras dizen Corneo, i otros, son muy dignas de tener en memoria.
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