I la hora que confessemos, que
à el le dan este derecho, i al padre
el de poder optar, i elegir la
Encomiẽda
Encomienda
,
q̃
que
mas quisiere, no se puede
dezir,
q̃
que
hazen agravio à nadie, ni
cometen fraude, ni malicia en usar
dèl, como ya lo dixe en el capitulo antecedente. Ni
q̃
que
vendran por
indirecto à juntar se dos
Encomiẽ
das
Encomiendas
en una persona; porque en
quā
to
quanto
à esto por distintas se tienen la
del padre, i la de su hijo; i mas, si
vamos con la opinion de los que
dizen, que no se les adquiere à los
padres, ni aun el usufruto de las
Encomiendas, que estàn en cabe
ça de sus hijos, de que ya dixe mucho en el capitulo diez i seis de este mesmo Libro.