I la hora que confessemos, que à el le dan este derecho, i al padre el de poder optar, i elegir la Encomiẽda Encomienda , que mas quisiere, no se puede dezir, que hazen agravio à nadie, ni cometen fraude, ni malicia en usar dèl, como ya lo dixe en el capitulo antecedente. Ni que vendran por indirecto à juntar se dos Encomiẽ das Encomiendas en una persona; porque en quā to quanto à esto por distintas se tienen la del padre, i la de su hijo; i mas, si vamos con la opinion de los que dizen, que no se les adquiere à los padres, ni aun el usufruto de las Encomiendas, que estàn en cabe ça de sus hijos, de que ya dixe mucho en el capitulo diez i seis de este mesmo Libro.
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