I de esta, que prohibe juntarse
por via de succession, tratan particularmente Antonio de Leon, i
mas à la larga el señor Valenzuela Velazquez,
en uno de sus doctos i copiosos
cōsejos
consejos
En el qual,
por cumplir con lo que pedia la defensa de la parte
q̃
que
tomò à su cargo, pretende probar con muchos
medios i razones, que esta prohibicion es tan eficaz, i obra tan
ipso in
re, que luego que el primer llamado se halla con este impedimento,
al tiempo que se defiere la succession de la Encomienda, passa su derecho al siguiente en grado por, el
ministerio de la ley, irrevocablemente, en conformidad de lo dispuesto por la ley 45. de Toro, la
qual tambien ha lugar, i se pratica en nuestras Encomiendas, como
lo dexe dicho en el capitulo 17.