I assi, no podrā podran suceder, ni jamas han sucedido hijos adoptivos, por que estos no lo son verdaderamente, sino por ficciō ficcion , i comẽto comento , como lo dizẽ dizen algunas leyes, i muchos Autores,
i las palabras de la nuestra se han de entẽder entender naturalmente, i en su forma especifica, i si se admitiera lo contrario, estuviera en la mano del Encomẽdero Encomendero frustrar sus intentos, i llamamientos, introduciendo por adopcion los estra ños, lo qual, aun en casos menos claros, de fideiconmissos, que llaman hijos, no lo permite el derecho, como lo advierte bien, fundado en esta mesma razon, Antonio Fabro.
I esto mesmo fue causa de que regularmente tampoco sean admitidos à la sucession de los feudos, como lo dizẽ dizen algunos Textos que tratan dellos, i latissimamente los que los glossan, i otros infinitos en otros lugares.
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