En qvanto à si ay algunos Indios, que puedan por sus personas
tener exempcion de estos tributos
de que tratamos, lo que se ofrece
que dezir, es, que en las tassas del
Perù (i entiendo que lo mesmo es
en otras Provincias) estan reservados dellos, los que alli llaman Caciques, ò Curacas, i sus hijos, i sus
segundas personas,
q̃
que
son los que se
les siguen en autoridad, i dignidad
de a quel cargo, i tienen al suyo el
del govierno de los demas Indios
inferiores, en la forma
q̃
que
diremos
en otro capitulo,
q̃
que
de ellos trata.