En qvanto à si ay algunos Indios, que puedan por sus personas tener exempcion de estos tributos de que tratamos, lo que se ofrece que dezir, es, que en las tassas del Perù (i entiendo que lo mesmo es en otras Provincias) estan reservados dellos, los que alli llaman Caciques, ò Curacas, i sus hijos, i sus segundas personas, que son los que se les siguen en autoridad, i dignidad de a quel cargo, i tienen al suyo el del govierno de los demas Indios inferiores, en la forma que diremos en otro capitulo, que de ellos trata.
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