Desuerte, que solo se ha de tratar dellas, i luego el que las comprare, ô arrendare, parecer ante la justicia, mostrando sus titulos, i pidiendo los Indios que le competen, que se le daràn, si parecieren legitimos, no por el derecho adquirido por el traspasso, sino por continuarse la causa de la necessidad, i utilidad publica.
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