I començando por el de los edificios de las casas, que en las ciudades, villas, ò lugares, que se han ido, ò van poblando, se edifican para lo publico, ò para acomodada vivienda de los vezinos particulares, fuentes, puentes, puertos, aberturas, i reparos de caminos, que para la comunicacion, i tragino del Reino son necessarios; hallo estar en costumbre, que para todo ello se hagan los dichos repartimientos. I que no es mucho, ni nuevo, que sean compelidos à semejante trabajo los Indios, pues la razon Politica, que enseña Aristoteles,
i està aprobada por derecho comun, i del Reino, no permite, que nadie, por privilegiado que sea, se escuse de contribuir, i ayudar en tales fabricas i reparos.
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