I es digna de que le hagamos particular en sus graves palabras, una ley de Partida, de que ya dexè hecha mencion en el capitulo sexto de este libro. Donde, despues de referidas otras cosas, en que deben entender todos los hombres comunalmente, pone estas que son muy notables.
l. 4. tit. 20. p. 2.
E non tan solamente dezimos esto, por las heredades de que han los frutos, mas aun de las casas en que moran, ò tienen lo suyo, è de los otros edificios de que se ayudan para mantenerse. Ca todo esto deben labrar en manera, que la tierra sea por ello mas apuesta, è ellos ayan ende saber, è prò.
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