¶ Muy differente delas dichas: es la donacion y con
ce
ſsſsion y la razon della: que hizo
⁊y hiziere alos Reyes
chri
ſstianos la
ſsede apo
ſstolica delos reynos
⁊y tierras q̃
tienen y po
ſsſseen losin fieles: que nunca la fee re
ſsci bierõ
ni oyeron/ ni
ſsi eran chri
ſstianos enel mundo
ſsupieron
ni creyeron como clara ꝑece / la razon dela differencia.
Lo. 1. porque no
ſse funda
ſsobre que tengan los tales in
fieles nue
ſstros reynos
⁊y tierras: como
ſsean proprios
ſsu
yos
⁊y por con
ſsiguiente libres y exemptos
de toda
ſsubje
cion de otro
ſsuperior
ſsino los
ſsuyos y de todo obedien
cial recognocimiento. Lo. 2. ni
ſse funda
ſsobre injuria
ni daño que nos ayan hecho. Lo. 3. ni porque nos inpugnen / infe
ſsten / o mole
ſsten / ni
ſsean enemigos de nr̃a
|
ſse. Lo. 4. ni
porq̃porque en
ſsuzien / o
contaminẽcontaminen con
ſsus vicios
y cerimonias nue
ſstras tierras: porque no
enſuziãenſuzian ſsino
las
ſsuyas:
et nihil ad nos de his qui foris ſsunt iudicare. 1. ad chorin.5. Re
ſsta luego que no
ſse funda ni e
ſstriba la donacion delos Reynos delos tales infieles que
la
ſsede apo
ſstolica hizo y haze / o hiziere alos chri
ſstianos principes:
ſsino
ſsobre la promulgacion del euangelio
⁊y dilatacion dela fe / y conuer
ſsion y
ſsalud delos mi
ſsmos infieles/
⁊y para bien temporal y
ſspiritual dellos.
Y e
ſsta es la cau
ſsa y razon vltima y final della: como abaxo mas largo diremos y
ꝓuaremosprouaremos. Y para e
ſsto no
ſson
mene
ſster violencias ni guerras:
ſsino paz y amor /man
ſsedumbre / vida chri
ſstiana y charidad. La entrada pacifica y que combide a nos creer y a recebirnos
cõcon paz
La gouernacion temporal que en ellos
ſse a
ſsſsentare/ re
al y natural
ſsin perjuyzio ni daño de
ſsus per
ſsonas bienes y libertad. Loda ordenada princi palmente para
ſsu
prouecho y vtilidad: como de per
ſsonas libres que
ſsolo
ſse nos encomiendan para las conuertir
⁊y ſsaluar. Y a
ſsſsi
parecela differencia que ene
ſstas donaciones ay.