Tambien se suele dezir, que no gozan del nombre, i privilegios concedidos à los Mercaderes, los que sola una vez han cargado, ò mercadeado, como lo defienden muchos que cita Stracha,
i tratando, de si la pena que se pone al juez que negocia, comprehenderà al que solo una vez negociò, Iuan Matienzo.
Pero yo soy de parecer, que mientras se ocuparen en este exercicio, i no le desampararen, deben ser tenidos por Mercaderes, aunque aquella sea su primer cargazon, i viage, especialmẽ te especialmente , si por tal cargador se registrò, i manifestò en el Consulado, i Casa de la Contratacion de Sevilla. I assi lo juzguè en el pleito de uno, à quien se le oponia, que no debia gozar del fuero del Consulado por esta causa, Fundandome en la dotrina de Bartolo, seguida por Abad, Ripa, i otros que enseñan,
que los nombres verbales, de solo un acto se toman, ò con solo un acto se verifican. En fuerça de la qual defiende bien Parladoro
en otro caso muy semejante al nuestro, que goza de los privilegios de la Pragmatica de los labradores, qualquiera que de nuevo començare à tratar de la Agricultura, i mientras no sele probare aver del todo desamparado este exercicio, i ocupacion, por argumẽto argumento de algunos Textos que alli pondera.
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