I demas de esto le toca el conocimiento en grado de apelacion, de todos los pleitos que en la casa, i Audiencia de la Contratacion de Sevilla, i en su Consulado, se huvieren determinado, de que trataremos mas de espacio en otros capitulos.
Infra lib. 6 cap. ult.
I el de primera instancia en las causas de Encomiendas de Indios, assi en possession, como en propriedad, cuya renta excediere de mil ducados cada año, porque estas, privativamente se le deben remitir por las Audiencias de las Indias, despues de averse sustanciado en ellas, en la forma que mas latamente lo tẽgo tengo dicho, i resuelto en el tratado que dellas dexo hecho,
Sup. lib. 3. c. 30. & 31.
del qual se podrà tomar todo lo que conviniere para essa materia.
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