Si bien, lo que una de las Ordenanças referidas, añade, cerca de que no puedan ser consultados, ni proveidos los parientes, i familiares de los Presidentes, i Consejeros, recibe el temperamento, que assimesmo tengo dicho en otros capitulos,
porque si ellos por si son idoneos, i benemeritos, no cabe en
buena razon, que pierdan por tal
parentesco, ni tampoco se les
puede imputar culpa alguna à
los Consultantes, si procuraren
favorecerlos, pues antes nos enseña San Pablo,
que seria peor
que infiel, quien hiziesse lo contrario. I San Ambrosio,
que
la Benevolencia ha de comen
çar por los que nos tocan. Porque como añade bien Cassiodoro,
estas gratificaciones nos
està pidiendo nuestra humana naturaleza, i aunque debemos desear ser de provecho à todos, à
aquellos mas, que nos tocan en
parentesco, cerca de lo qual junta otras cosas el Doctissimo Obispo de Salamanca.
I despues
del Tostado, i otros, el Reverendissimo de Santiago de Chile don Fray Gaspar de Villarroel,
concluyendo advertidamente,
Que la parcialidad es la
que se prohibe à los que presiden,
pero no que dexe de ayudar, i favorecer à los suyos en lo que pudieren.