Pero aunque la opinion referida tenga por si tan grandes fundamentos, i Autores, como los que he ponderado, todavia se pueden ponderar por la contraria otros no menos considerables, i pretender en virtud dellos, que el Virrey que està en el oficio, si de urbanidad no quiere, de rigor de derecho no debe dexar el exercicio del, assi para lo contencioso, como para lo voluntario, hasta que el successor aya entrado en la ciudad cabeça, ò Metropoli de su provincia, i alli, recebido solemnemente, mostrare sus titulos, i huviere hecho el juramento acostumbrado.
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