En segvndo lugar, i de la mesma razon, deduzgo otra advertencia para los Syndicados, i visitas de las Indias, conviene à saber, que en los casos que convenga despacharlas, en particular, ô en general, es muy conveniente, i necessario, que se señale termino dẽtro dentro del qual se ayan de acabar, i acaben, i que esse, en las generales, aunque sea en las Audiencias de Lima, i Mexico, que son las mayores, i en que puede aver mas que entẽder entender , no passe de tres, ò quatro años, que à mi me parece que es muy bastante, i por no se aver ido por lo passado con este recato. he visto pocas visitas de las dichas Audiencias, que ayan tenido fin. I la de la Audiencia de Lima, que se cometio al Licenciado Bonilla, que muriô electo Arçobispo de Mexico, de que tratan muchas cedulas del tercer tomo de las impressas,
durò mas de veinte años, i primero que se acabasse, muriò el, i los visitados, i assi no fue de provecho. I lo mesmo ha sucedido en otra no vissima, que ha passado de diez i ocho, i à penas està començada. I el año de 1589 se cometiò la visita del Marques de Villa-Manrique Virrey de Mexico, al Obispo de Tlaxcala, i nunca tuvo fin. I assi en el margen de la cedula ò comission della, està apuntado con advertencia,
d. 3. to. pag. 63.
que esto sucedio, por no se le aver señalado termino, i que convendrà se señale en lo de adelante.
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