Si los Virreyes, que tambien
son comprehendidos en esta prohibicion, incurriessen en ella, entonces la Audiencia, ò Fiscales de
ella, debrian dar cuenta al Consejo, i en el entretanto tolerarle,
como à cabeça, porque no hallo
que las cedulas les ayan dado jurisdicion, ni licencia para sindicarles por esta causa, i no debemos dezir, ni praticar lo que la
ley no dize.