La qual razon he visto que assi
mesmo ha obrado semejante dissimulacion, ò tolerancia, en los casamientos de algunos Oidores,
que de hecho, i sin pedir licencia
à su Magestad, solo con la de sus
Presidentes, ò Virreyes, se han casado con viudas de otros Oidores, que han sido, ò fueron compa
ñeros suyos en las mesmas
Audiẽ
cias
Audiencias
, como sucedio en el Licenciado don Andres Pardo de Lago,
que oy es Oidor de Mexico, i siendolo de Guadalaxara, casò alli
cō
con
viuda del Licenciado Bartolome
de la Canal, que avia sido Oidor de la mesma Audiencia, i novissimamente en el Licenciado
dō
don
Iuan de Llanos, i Valdes, Oidor
de Quito, que casò alli con viuda
de otro compañero suyo, llamado
el Licenciado don Alonso del Castillo. Por parecer que estas tales
viudas,
aunq̃
aunque
ayan estado muchos
años en las dichas ciudades, habitando con sus primeros maridos,
no se puede dezir que adquirieron
en ellas domicilio, como, ni sus
hijos origen, ò naturaleza, aunque
alli ayan sido procreados, porque
todos retienen, i conservan la del
padre, i el mesmo domicilio en
que se hallaba, quando fue proveido, i gozan en todo, i por todo de
los efetos, i privilegios del, segun
dotrina de Bartolo, i otros muchos Dotores, que sigue, i llama
comun, nuestro insigne Gregorio
Lopez, i Iuan Nevizano en su silva nupcial.