Porque à primera vista, parece que si, pues las cedulas les prohiben casar en sus distritos, i por de sus distritos se suelen, i deben tener las personas, que en ellos nacieron, i tuvieron, i tienen su origen, pues segun lo enseña el derecho, el lugar del origen, i nacimiento, se atiende, i considera siẽ pre siempre mucho mas, que el del incolato, ò habitacion.
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