Especialmente, siendo como es
llano que en buena razon los Antenados, ni en amor, ni en sangre,
no se pueden igualar à los hijos
proprios, i assi tampoco nuestras
leyes Reales,
les
hā
han
querido
comprehẽder
comprehender
nunca en el
nōbre
nombre
de hijos, como ni jamas se ha praticado, que las prohibiciones que solo
hablan entre marido, i muger se
estiendan à los hijos, como latamente lo prueban Bautista de Santo Blasio, Castrense, i otros Autores,
i entre ellos Decio, que advierte con gran prudencia, que las
leyes odiosas, aunque sea por alguna gracia, ò favor especial, que
en alguna persona ò causa se pueda considerar, no se deben ampliar, ni estender facilmente.