I cerrando el discurso del nuestro, lo que en la forma referida
saliere votado, i resuelto por mayor parte, lo han de firmar todos
los que intervinieron en sentenciarlo, aunque ayan sido de voto
contrario, como expressamente
lo disponen nuestras leyes Recopiladas,
i en terminos del derecho municipal de las Indias, una
celebre cedula dada en el Bosque
de Segovia en 19. de Otubre del
año de 1565.
La qual dize, que
esto es lo que conviene, para el
mejor despacho de los pleitos, i
que se guarde el secreto de los votos dellos, i se conserve entera conformidad entre los Oidores que
los votaren.