I por otras se mandò, que se
criassen escribanos particulares para estos juzgados, desmembrando
los de las Escribanias de Camara
de las Audiencias, i que se vendiessen de por si, i que el tal escribano tuviesse una delas tres llaves
de las dichas arcas. Por otras del
año de 1570. i de 1578.
Extant d. 1.
tom. pag. 386.
q̃
que
se
renovarō
renovaron
, i mandaron guardar despues
mas apretadamente, por otra mas
nueva dada en S. Lorenço à 22. de
Deziembre del año de 1606. se
manda al Oidor, que por tiempo
exerciere este cargo, que no embie
juezes Comissarios à los lugares
de su distrito, con ocasion de recoger estos bienes, sino es en graves
casos, i con comunicacion de toda
la Audiencia. Sino que se valga para las diligencias que cerca de esto
se tuvieren por necessarias, de los
Corregidores de los partidos, i
|
les delegue ò subdelegue para ello
sus vezes, i jurisdicion. Lo qual
se pratica tambien assi (aunque algunos Oidores lo atropellan todo por aprovechar en estas comissiones à sus criados, i allegados) i
à estos Corregidores, juntamente
cō
con
los titulos de su oficio, se les entrega esta comission, con instruccion particular de como se ha de
aver en ella, i
hazẽ
hazen
particular juramento de usarla bien delante del
dicho Oidor, i dan tambien por lo
tocante à esto distintos fiadores
delos del oficio à satisfacion suya.