Pero quando no se trata de
suplir la falta, ò vacante de virrey por caso de muerte, sino por
ausencia, se debe ir con atencion
à la dotrina de Iuan Matienzo,
que hablando en terminos de
nuestras Indias, dize, que la
subrogacion del Oidor mas antiguo, en lugar del Presidente, ò
Virrey, no se ha de praticar, si
la ausencia es breve, i se espera que
buelva presto, segun lo alegado
por Tiraquelo.
I esto podrà ser
de importancia para lo que dixe
de no proveer las Encomiendas en
vacantes, ò ausencias de Virreyes, ò Governadores.