Todo lo qual, como dize Bobadilla,
Bobad. sup. n. 229.
se funda, en que los Reyes pueden prohibir, que los Eclesiasticos no graven à sus subditos, i vassallos con imposiciones i contribuciones ilicitas, i mandar à los Prelados que embien ante ellos i sus Consejos, los Aranzeles de los Tribunales Eclesiasticos, de que tenemos tambien otra ley Recopilada, i un Capitulo de las Cortes de Madrid del año de 1593. i dixe otras cosas en otro capitulo, que se pueden tener en este por repetidas.
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