Mas no porque hagan este juramento se impide ò excluye, que puedan reservar para si las decimas de las execuciones, que se hizierẽ hizieren por sus tenientes, porque esto en todas partes se pratica. I verdaderamente, supuesto que estos oficios cuestan siempre tanto dinero, no se debe estrañar mucho, si pretendieren sacar dellos algun razonable aprovechamiento, como lo advierte bien Castillo de Bobadilla.
Bobad. d. c. 14. n. 31.
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