Pero es de advertir, que aunque la jurisdicion de estos Alcaldes Ordinarios solia correr, i administrarse en la forma que se ha
referido, despues que en las mas
ciudades i villas principales de las
Indias se pusieron Corregidores,
ò Governadores, como se dirà en
el capitulo que se sigue, estos conoced de las apelaciones de los dichos Alcaldes, i por esta causa i
cō
con
este pretexto han introducido llamarse Iusticias mayores. I en la primera instancia tambien conocen à
prevencion, como algunas
cedu
cedulas
Reales lo dan à entender.