Si bien se limita esto en las demas, donde estàn de por si criados
i comprados los oficios de Fieles
Executores, porque al cargo de
estos tocan, i se reservan por mayor parte, estos bastecimientos, i
sus tassas, i visitas, como consta de
una cedula del año de 1573. i de
una ley de la Recopilacion de Castilla,
cō
con
otras muchas cosas que
del oficio de estos Fieles Executores i en que se parecen à los Ediles
Cereales, ò
Alimẽtarios
Alimentarios
de los Romanos, i si su jurisdicion es privativa ò acumulativa, tratan largamente Bobadilla, Gutierrez,
Avẽ
daño
Avendaño
, Azevedo, i otros