Si bien se limita esto en las demas, donde estàn de por si criados i comprados los oficios de Fieles Executores, porque al cargo de estos tocan, i se reservan por mayor parte, estos bastecimientos, i sus tassas, i visitas, como consta de una cedula del año de 1573. i de una ley de la Recopilacion de Castilla,
con otras muchas cosas que del oficio de estos Fieles Executores i en que se parecen à los Ediles Cereales, ò Alimẽtarios Alimentarios de los Romanos, i si su jurisdicion es privativa ò acumulativa, tratan largamente Bobadilla, Gutierrez, Avẽ daño Avendaño , Azevedo, i otros
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