I los años passados vi, que en
consideracion i conservacion de esta mesma Regalia, intervino el Excelentissimo Señor Conde de Castrillo del Consejo de Estado, i Presidente del de Indias, (digno de estos, i otros graves cargos que reclinan sobre sus ombros, por la
buena cuenta que sabe dar de todos con su gran valor, capacidad, i
prudencia) en el Capitulo General de los Franciscanos, que se celebrò en Toledo, nombrado i embiado para este efeto por su Magestad, donde mediante su intervencion, se estorvò entre otras cosas, el agravio, que se pretendia hazer à los Religiosos,
q̃
que
aviā
avian
venido delas Indias por Custodios, Comissarios, ò Procuradores de las
provincias dellas,
cōforme
conforme
sus
cōstituciones
constituciones
,
queriendoles quitar
el voto,
q̃
que
de derecho les
cōpetia
competia
,
por dezir se avia passado el
tiẽpo
tiempo
,
porque venian nombrados en sus
patentes. Siendo assi, que aunque
esto era verdad, no lo ocasionò su
tardança, sino el averse dilatado
la celebracion del capitulo, mas
tiẽpo
tiempo
del ordinario, por las guerras i otras ocasiones
q̃
que
obligarō
obligaron
à
ello. Lo qual
quādo
quando
sucede, no se
suele ni debe cuidar mucho de la
precisa forma del
mādato
mandato
, ò
patẽ
te
patente
, como se consiga el fin, i intento, que tuvo el que le concedio, como en este caso se conseguia, pues el Capitulo que se celebrava, era el mesmo para que fueron embiados, i duraba la causa, aunque huviesse passado su tiempo ordinario, como en terminos
terminantes, alegando à Calderino, i otros, i algunos casos semejantes sucedidos i decididos en esta mesma Religion, lo resuelve el
Padre Fr. Luis de Miranda.