I porque en ningun tiempo, ni
en ningunas cosas suele peligrar
mas la quietud i observancia Religiosa, i la paz i conformidad que
deben tener los que la professan,
que en el de sus Capitulos, quando se juntan à tratar de las elecciones de Provinciales, i otros
Prelados, como satiricamente se
lo diò ya à entender el Ariosto,
i con mas modestia lo reconocen, i
se lo advierten Fr. Manuel Rodriguez, Miranda, i Portelo, i la
experiencia frequente de tantos
actos,
se han despachado, i suelen despachar assimesmo muchas
cedulas Reales, encargando à
los Virreyes, i otros Governadores, que estèn à la mira de como proceden en ellas, i procuren
se hagan i celebren con toda modestia i tranquilidad, i conforme à
lo que ordenan sus leyes i constituciones Regulares. De que tenemos buen testimonio en la despachada en Monçon à 25. de Febrero del año de 1628. que ordena,
Que los Virreyes remedien las
inquietudes, que se ofrecieren en
las elecciones, ò otras cosas del govierno de las Ordenes, embiando à
estos Reinos à los que les pareciere
conveniente.