En prueba de lo qual tenemos
muchos Textos i Autores que los
dan, i declaran por Regalias,
i
assi se deben recoger, cobrar, i administrar por los Oficiales Reales, i no pertenecen à otro que al
Fisco, sino mostrare privilegio especial por donde parezca se la han
concedido, como en España le tienen en algunas partes los Religiosos de la Merced, i de la Trinidad,
para la dicha Redencion de cautivos. I el
Concejo
Consejo
que llaman de la
Mesta, por las Reses Mostrencas
aplicadas.