En prueba de lo qual tenemos muchos Textos i Autores que los dan, i declaran por Regalias, i assi se deben recoger, cobrar, i administrar por los Oficiales Reales, i no pertenecen à otro que al Fisco, sino mostrare privilegio especial por donde parezca se la han concedido, como en España le tienen en algunas partes los Religiosos de la Merced, i de la Trinidad, para la dicha Redencion de cautivos. I el Concejo Consejo que llaman de la Mesta, por las Reses Mostrencas aplicadas.
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